Mensaje
por Rodo » Jue Jun 17, 2021 8:42 pm
Resumiendo, hasta ahora, lo que tenemos es ésto.
La vigencia de la habilitación de la caza deportiva en la Provincia de La Pampa. Bien ahí.
Un permiso de ingreso a la Provincia de La Pampa dibujado como laboral para poder ingresar e ir a cazar pero no es tal, sino que se declara como actividad laboral cuando no lo es y rogando que la guardia policial a la que le toque estar de turno cuando se pase ejerza un control muy light: permiso en mano, pase, buenos días, listo. Si hace bien su trabajo ya sería otra cosa. No tan bien ahí.
Nadie dice nada respecto al permiso de circulación nacional para rutas nacionales y provinciales, permiso interjurisdiccional entre partidos bonaerenses fuera del AMBA en vehículo propio, desde AMBA hasta la Prov. de La Pampa.
Este último permiso es el que regía como circular/verano/vacaciones. Con este permiso se podía transitar por todos lados, inclusive por La Pampa.
Ahora este permiso ya no se expide. Solo las personas eximidas de la restricción como ser los esenciales y en la medida que se desplacen dentro de esas actividades autorizados son los únicos habilitados para movilizarse, siempre con el permiso de circulación vigente en mano o en la aplicación CUIDAR.
El resto de los ciudadanos deberán permanecer en sus domicilios de residencia.
Decretos 287, 334, etc, vigente el último que ratifica medida de anteriores y amplía algunas actividades pero en ningún momento habilita los viajes interjurisdiccionales.
Estos viajes interjurisdiccionales solo se pueden hacer con el certificado nacional de circulación respectivo que se expide únicamente bajo tres principios. Hay que leer el Decreto.
No sería muy agradable pasar por un control policial sobre la ruta 5, en todas las entradas a todos los pueblos existen controles, con el vehículo cargados y con armas y sin ese permiso de circulación. Porqué? Porque si los llegara a parar un control que sabe lo que hace puede haber problemas. No me gustaría dejar el auto en la rotonda, con un acta de infracción penal encima e intervención federal y comenzar a caminar por la banquina con el bolso, la mochila y los rifles.
Me gustaría conocer y si alguien puede explicitar más al respecto en caso de que sepa o logre determinar la autorización fehaciente en cuestión y que la publique.
No me refiero al "llamé por telefono a Fauna, al destacamento, me dijo un amigo, un policía caminero, o me contaron, o supongo, o interpreto".
Me gustaría leer o ver la prescripción actualizada de la normativa que regula la actividad de desplazamiento por rutas interjurisdiccionales teniendo en cuenta los Decretos vigentes respectivos.
En caso de que yo encuentre algo, les aviso.
Espero me ganen de mano.
Saludos y a los que se movilicen en ese sentido les deseo mucha suerte.
Acceso oeste, luego la 5 hasta T.Lauquen, ahí la 33 a Bahía, cargo nafta en El Cholo, sigo a Villarino por la 3, paso Origone y ahí nomás.