Navaja legal
- mocha1
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Navaja legal
Hola gente, para portar una navaja de apertura manual como edc, que largo de hoja seria legal en argentina,
Gracias....
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- calupa
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Re: Navaja legal
Fijate en el Artículo 2 , inciso b)
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
En la provincia de Sta. Fe esto es lo vigente: https://www.rubenpirola.com/2013/06/ley ... punzantes/.
Cito esto solo para tener en cuenta que debemos buscar en los códigos de faltas de nuestra jurisdicción también .
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
En la provincia de Sta. Fe esto es lo vigente: https://www.rubenpirola.com/2013/06/ley ... punzantes/.
Cito esto solo para tener en cuenta que debemos buscar en los códigos de faltas de nuestra jurisdicción también .
Última edición por calupa el Jue Sep 01, 2022 12:44 pm, editado 1 vez en total.
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- juan1407
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Re: Navaja legal
«Artículo 113º ter: Registración: El titular o propietario aún cuando ésta actividad comercial sea solamente accesoria, de las armas mencionadas en el artículo anterior, llevarán un registro conforme a las normas que dicte cada Municipio o Comuna al cual pertenezca, en el que constará como mínimo: nombre y apellido, domicilio y documento de identidad presentados por el adquiriente como así las características de las mismas.calupa escribió: ↑Jue Sep 01, 2022 9:11 amFijate en el Artículo 2 , inciso b)
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
En la provincia de Sta. Fe esto es lo vigente: https://www.rubenpirola.com/2013/06/ley ... punzantes/.
Cito esto solo para tener en cuenta que debemos buscar en los códigos e faltas de nuestra jurisdicción también .
Así que se registra quién compró un cuchillo o navaja. Imagino que con esta legislación en Santa fe no deben conocer lo que es la inseguridad...
Saludos Juan
- leob
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Re: Navaja legal
Veo por su perfil que es de mendoza, pero por lo que lei es igual en todos lados.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1.- Modifícase el Art. 121 de la Ley N° 3.365 que quedará redactado de la siguiente manera:
"PORTACIÓN DE ARMA BLANCA U OBJETO CORTANTE O CONTUNDENTE Artículo 121- El que en un lugar público o abierto al público y sin justificar el motivo, porte arma blanca u objeto cortante o contundente, ballesta, arma accionada por aire comprimido, gas comprimido o similares será sancionado con pena de multa desde PESOS CUATRO MIL ($4.000.) hasta PESOS OCHO MIL ($8.000) y arresto de diez (10) días. Siempre corresponderá el decomiso. Igual pena corresponderá a quien entregue o permita llevar armas blancas o contundentes a menores de dieciocho (18) años o a un incapaz. La pena será incrementada al doble de lo previsto cuando la portación se realice en lugares donde haya concurrencia o reunión de personas. La pena será incrementada al triple de lo previsto cuando se haga ostentación pública de la misma.
Queda exceptuada de sanción la portación de arma blanca u objeto cortante o contundente si la persona acredita su uso con motivo del oficio o actividad que desempeña, siempre que no se haga ostentación pública de la misma."
Hay bastante escrito en este post http://foro.fullaventura.com/viewtopic.php?t=3429
En la ciudad de Buenos Aires
https://www.legitimadefensa.com.ar/dere ... nos-aires/
Hay que portar una Victorinox que es un utilitario, o una navaja de rescate con cortacinturon y rompe vidrios y aducir que se porta para ese fin. Nada de defensa ni que se use como arma ofensiva jajaja
Saludos
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1.- Modifícase el Art. 121 de la Ley N° 3.365 que quedará redactado de la siguiente manera:
"PORTACIÓN DE ARMA BLANCA U OBJETO CORTANTE O CONTUNDENTE Artículo 121- El que en un lugar público o abierto al público y sin justificar el motivo, porte arma blanca u objeto cortante o contundente, ballesta, arma accionada por aire comprimido, gas comprimido o similares será sancionado con pena de multa desde PESOS CUATRO MIL ($4.000.) hasta PESOS OCHO MIL ($8.000) y arresto de diez (10) días. Siempre corresponderá el decomiso. Igual pena corresponderá a quien entregue o permita llevar armas blancas o contundentes a menores de dieciocho (18) años o a un incapaz. La pena será incrementada al doble de lo previsto cuando la portación se realice en lugares donde haya concurrencia o reunión de personas. La pena será incrementada al triple de lo previsto cuando se haga ostentación pública de la misma.
Queda exceptuada de sanción la portación de arma blanca u objeto cortante o contundente si la persona acredita su uso con motivo del oficio o actividad que desempeña, siempre que no se haga ostentación pública de la misma."
Hay bastante escrito en este post http://foro.fullaventura.com/viewtopic.php?t=3429
En la ciudad de Buenos Aires
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Hay que portar una Victorinox que es un utilitario, o una navaja de rescate con cortacinturon y rompe vidrios y aducir que se porta para ese fin. Nada de defensa ni que se use como arma ofensiva jajaja
Saludos
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- Charly82
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Re: Navaja legal
Hola, creo que eso del largo de hoja quedó como un mito de otras épocas quizás. Portar cuchillo puede o no ser una contravención independiente del largo de la hoja, cada provincia tiene su variante como bien le han dicho, por ejemplo en Salta:
"Art. 54 - Ser sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días y comiso, el que, sin causa justificada y en una reunión pública o abierta al público portare objetos aptos para ejercer violencia o agredir."
en este caso su portación de cara y el ánimo del policía tienen mucho que ver a la hora de interpretar lo resaltado, y no el largo de hoja. Yo diría que para evitar quilombos lo mejor es un cuchillito de aspecto inofensivo "para preparar sanguches y pelar las frutas" o para comer asadito... y sino uno de esos cutters robustos "para abrir cajas y cartones en el laburo"
Digamos que un karambit ponele esta más difícil de justificar.. es una boludez, pero así es Argentina.
"Art. 54 - Ser sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días y comiso, el que, sin causa justificada y en una reunión pública o abierta al público portare objetos aptos para ejercer violencia o agredir."
en este caso su portación de cara y el ánimo del policía tienen mucho que ver a la hora de interpretar lo resaltado, y no el largo de hoja. Yo diría que para evitar quilombos lo mejor es un cuchillito de aspecto inofensivo "para preparar sanguches y pelar las frutas" o para comer asadito... y sino uno de esos cutters robustos "para abrir cajas y cartones en el laburo"
Digamos que un karambit ponele esta más difícil de justificar.. es una boludez, pero así es Argentina.
- ringuin
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Re: Navaja legal
Pensar en cuanta gente habran herido o matado los archi-conocidos "tramontina" serruchito,que en realidad son para tareas de cocina,pero...pinchan y cortan igual que cualquier daga de pelea,en fin...un simple destornillador a veces se convertio en el "verdugo" de mas de uno,no es el elemento,sino la intencion conque se utilice el problema,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
- chelin82
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Re: Navaja legal
Creo que eso que puso Calupa es un proyecto de reforma que por suerte no prospero...juan1407 escribió: ↑Jue Sep 01, 2022 9:15 am«Artículo 113º ter: Registración: El titular o propietario aún cuando ésta actividad comercial sea solamente accesoria, de las armas mencionadas en el artículo anterior, llevarán un registro conforme a las normas que dicte cada Municipio o Comuna al cual pertenezca, en el que constará como mínimo: nombre y apellido, domicilio y documento de identidad presentados por el adquiriente como así las características de las mismas.calupa escribió: ↑Jue Sep 01, 2022 9:11 amFijate en el Artículo 2 , inciso b)
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
En la provincia de Sta. Fe esto es lo vigente: https://www.rubenpirola.com/2013/06/ley ... punzantes/.
Cito esto solo para tener en cuenta que debemos buscar en los códigos e faltas de nuestra jurisdicción también .
Así que se registra quién compró un cuchillo o navaja. Imagino que con esta legislación en Santa fe no deben conocer lo que es la inseguridad...
El actual código de faltas dice esto solamente:
CAPITULO I
Contra la seguridad personal
ARTÍCULO 110 (Ex 102). - Portación de arma blanca o contundente. El que sin estar autorizado, fuera de su domicilio o las dependencias de éste portare arma blanca o
contundente, será reprimido con arresto hasta diez días o multa hasta dos jus.
ARTÍCULO 111 (Ex 103). - Portación permitida. Queda exceptuada de penalidad la portación de arma blanca o contundente que se usare durante las horas del oficio o
actividad que las requiera, siempre que no se hiciere ostentación pública de las mismas.
ARTÍCULO 112 (Ex 104). - Permiso indebido de portación. El que confiare o dejare llevar armas a menores de catorce años o a persona incapaz o inexperta en su manejo, será reprimido con arresto hasta diez días o multa hasta dos jus.
ARTÍCULO 113 (Ex 105). - Omisión en la custodia de armas. El que en la custodia de armas no tomare las precauciones necesarias para impedir que algunas de las personas
indicadas en el Artículo anterior llegara a posesionarse de ellas, será reprimido con multa hasta un jus.
Si estoy equivocado, corrijanme...
Saludos
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Re: Navaja legal
Esto es el código vigente en Sta. Fé?
lo que pegué es un proyecto de modificación del código?
lo que pegué es un proyecto de modificación del código?
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- leob
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Re: Navaja legal
No volvio mas...
Última vez activo:Jue Sep 01, 2022 12:39 am
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- calupa
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Re: Navaja legal
Capaz que está afilando un facón.
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- ringuin
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Re: Navaja legal
El otro dia casi vi un "duelo criollo",pasaba un cortador de pasto acompañado de una mujer,llevando sus maquinas,escobas,palas etc,en un carrito de supermercado,cuando de pronto se bajo un tipo de una bicicleta,se saco la campera(que enrosco en su brazo),saco un cuchillo de unos 20/25cm de la cintura(sin funda)y le grito al cortapasto que lo "iba a matar",calculen que esto pasaba frente a la trompa de mi camioneta,estacionada frente al supermercado Chino del barrio,la sorpresa fue cuando el cortapasto tambien saco una cuchilla bastante grande,se enrosco el pullover en el brazo y siguieron los insultos,eso si,ninguna se movio de su lugar,uno de cada lado de la vereda,bueno...en cuatro o cinco minutos el cortapasto guardo la cuchilla y se fue,lo mismo que hizo el otro gritando que cuando lo encontrara lo iba a matar,conclusion:si bien estos dos tipos no tuvieron los hue..vos necesarios para atacarse,LOS DOS portaban cuchillos bastante grandes,o sea,hace suponer que talvez mucha gente ande con armas blancas encima,el hecho de que no esten a la vista,no desmerece la actitud,en fin...para seguridad,para defensa o simplemente para el uso que se le pueda dar,la portacion del cuchillo parece ser muy comun y normal,mejor dicho habitual,en la sociedad,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
- calupa
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Re: Navaja legal
Creo que mucha gente anda armada...
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Re: Navaja legal
Lo que pasa hoy,es que se juntan dos o tres guachos "desocupados",y salen a "hacerse la diaria" robandole a la gente mas indefensa,mujeres,viejos,discapacitados o gente grande con poca movilidad,entonces...como de estos abusos constantes los vecinos ya estan cansados,cada cual trata de llevar "algo" como para que la desventaja no sea tanta,yo particularmente tengo portacion y mi palo siempre fueron las pistolas,pero el que no tiene portacion ni posibilidad de comprar o tener otra cosa,con un buen cuchillo esta mas o menos cubierto,en realidad nuestra seguridad es tarea del Estado por medio de la Policia,pero si ellos no hacen nada por defendernos,tampoco nos vamos a dejar herir o matar al antojo de los delincuentes,ahi esta el porque de que la "gente anda armada",es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
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Re: Navaja legal
Muchachos, a ver sin mas vueltas, en la Argentina, sea donde sea que andes, ESTA PROHIBIAO LA PORTACION DE ARMAS BLANCAS, y esta o multado o penado, dependiendo de la jurisdiccion y de sus leyes o de sus decretos reglamentarios.
Con todo respeto, pero hay que dejar de mirar a los tarados que andan indicando cosas que no van, ok?
Saludos desde Bs. As.
Con todo respeto, pero hay que dejar de mirar a los tarados que andan indicando cosas que no van, ok?
Saludos desde Bs. As.
- calupa
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Re: Navaja legal
Amat Victoria Curam escribió: ↑Jue Sep 08, 2022 8:47 pmMuchachos, a ver sin mas vueltas, en la Argentina, sea donde sea que andes, ESTA PROHIBIAO LA PORTACION DE ARMAS BLANCAS, y esta o multado o penado, dependiendo de la jurisdiccion y de sus leyes o de sus decretos reglamentarios.
Con todo respeto, pero hay que dejar de mirar a los tarados que andan indicando cosas que no van, ok?
Saludos desde Bs. As.
Pero charlar sobre el tema, informarnos, compartir la info que se encuentra, refutarla por equivocada, enmendar el error con info fidedigna, etc., etc. está lejos de hacer apología, de tratar de inducir a violar una ley, un código de faltas, etc. No es ninguna taradez, mas bien todo lo contrario. Ayuda a conocer el alcande de las regulaciones en algunas jurisdicciones. Yo no veo nada malo en esto, lo que veo es mucha desinformación de parte nuestra y distintos encuadres legales según de donde se trate... Lo que ayuda a estar más desinformados aún.
Me pregunto ¿Hay una ley marco?
Cuál es?
Por ejemplo lo que transcribo, aplicable a Sta. Fé según parece, del Código de faltas : " ARTÍCULO 111 (Ex 103). - Portación permitida. Queda exceptuada de penalidad la portación de arma blanca o contundente que se usare durante las horas del oficio o
actividad que las requiera, siempre que no se hiciere ostentación pública de las mismas."
Crí, cri... Es ambigua. Da lugar a dudas, y estas dudas son las que queremos sacarnos.
Imaginemos estando en tránsito y en un control X nos cuestionan la navaja de emergencias que llevamos en la cabina, al lado del asiento, una que permita cortar los cinturones de seguridad, entre otras cosas.
¿ Cómo nos defendemos ? Es ilegal llevarla así? En caso de serlo ¿Porque recomiendan llavar siempre una a mano? Porque lo que lleguemos a hacer después no evitará el mal rato, la pérdida de tiempo, que nos arruinen el viaje, etc.
Realmente no me pareció tonta la pregunta, ni un tarado Mocha 1, más bien todo lo contrario. Y es evidente que muchos estamos en bola, porque aún no supimos darle una respuesta categórica y acertada. Y tampoco somos tarados, en todo caso ignorantes en este tema y pretendemos desburrarnos.
Salvo su respuesta, formulada con vehemencia. Pero que en algún punto se contradice con el artículo 111 del código de... ¿Sta Fe?
Entonces siguen las dudas.Y aclarada la de Sta Fe apareceran las dudas respecto a la legislación vigente en otras jurisdicciones.Y si son de índole municipal qué alcance tendría fuera del egido? Por ejemplo cuando aparecen esos controles en las rutas de acceso y pretenden aplicar normas municipales fuera de jurisdicción? O cuando una policía provincial pone un control móvil en ruta nacional? O , como en mi ciudad, donde la policía no nos deja pescar sobre un río internacional y Prefectura no dice nada? Si estamos sobre camino de sirga de un río que es límite internacional "armados con un cuchillo criollo" utilizado para cortar la mortadela para el sandwich y al cana se le ocurre que no es "una actividad que la requiera" o que "estamos haciendo ostentación de la misma en lugar público".
Las leyes son claras y concretas, cual es la verdad de la milanesa en este caso?
Adhiero a la pregunta de Mocha 1 .
Parece que los tarados somos por lo menos dos.... Y unos cuantos más que no lo admiten
Abrazote.
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Re: Navaja legal
NADIE puede pretender aplicar una ley que JAMAS se hizo cumplir en nuestro Pais,lo escrito,escrito esta,pero...¿¿quien lo aplica??,como dije...si yo tengo DERECHO a transitar libremente por la via publica con mi familia y soy atacado,robado,herido o muerto por algun delincuente,¿¿donde quedaron mis DERECHOS?? y donde estan los que nos deben cuidar y asegurar que estos hechos NO SUCEDAN??,no Señores no se puede invocar una LEY cuando no hay NADIE que controle y la haga respetar,rigen los mismos conceptos que para la gente de "campo adentro" o lugares deshabitados o alejados de ambitos urbanizados,la autodefensa,es lo que "iguala" posiciones,clases y derechos,entonces...empecemos TODOS por hacer las cosas como corresponde y TODOS vamos a cumplir con TODO y vamos a salir TODOS beneficiados,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
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Re: Navaja legal
Buen dia Calupa, como va?calupa escribió: ↑Jue Sep 08, 2022 11:06 pmAmat Victoria Curam escribió: ↑Jue Sep 08, 2022 8:47 pmMuchachos, a ver sin mas vueltas, en la Argentina, sea donde sea que andes, ESTA PROHIBIAO LA PORTACION DE ARMAS BLANCAS, y esta o multado o penado, dependiendo de la jurisdiccion y de sus leyes o de sus decretos reglamentarios.
Con todo respeto, pero hay que dejar de mirar a los tarados que andan indicando cosas que no van, ok?
Saludos desde Bs. As.
Pero charlar sobre el tema, informarnos, compartir la info que se encuentra, refutarla por equivocada, enmendar el error con info fidedigna, etc., etc. está lejos de hacer apología, de tratar de inducir a violar una ley, un código de faltas, etc. No es ninguna taradez, mas bien todo lo contrario. Ayuda a conocer el alcande de las regulaciones en algunas jurisdicciones. Yo no veo nada malo en esto, lo que veo es mucha desinformación de parte nuestra y distintos encuadres legales según de donde se trate... Lo que ayuda a estar más desinformados aún.
Me pregunto ¿Hay una ley marco?
Cuál es?
Por ejemplo lo que transcribo, aplicable a Sta. Fé según parece, del Código de faltas : " ARTÍCULO 111 (Ex 103). - Portación permitida. Queda exceptuada de penalidad la portación de arma blanca o contundente que se usare durante las horas del oficio o
actividad que las requiera, siempre que no se hiciere ostentación pública de las mismas."
Crí, cri... Es ambigua. Da lugar a dudas, y estas dudas son las que queremos sacarnos.
Imaginemos estando en tránsito y en un control X nos cuestionan la navaja de emergencias que llevamos en la cabina, al lado del asiento, una que permita cortar los cinturones de seguridad, entre otras cosas.
¿ Cómo nos defendemos ? Es ilegal llevarla así? En caso de serlo ¿Porque recomiendan llavar siempre una a mano? Porque lo que lleguemos a hacer después no evitará el mal rato, la pérdida de tiempo, que nos arruinen el viaje, etc.
Realmente no me pareció tonta la pregunta, ni un tarado Mocha 1, más bien todo lo contrario. Y es evidente que muchos estamos en bola, porque aún no supimos darle una respuesta categórica y acertada. Y tampoco somos tarados, en todo caso ignorantes en este tema y pretendemos desburrarnos.
Salvo su respuesta, formulada con vehemencia. Pero que en algún punto se contradice con el artículo 111 del código de... ¿Sta Fe?
Entonces siguen las dudas.Y aclarada la de Sta Fe apareceran las dudas respecto a la legislación vigente en otras jurisdicciones.Y si son de índole municipal qué alcance tendría fuera del egido? Por ejemplo cuando aparecen esos controles en las rutas de acceso y pretenden aplicar normas municipales fuera de jurisdicción? O cuando una policía provincial pone un control móvil en ruta nacional? O , como en mi ciudad, donde la policía no nos deja pescar sobre un río internacional y Prefectura no dice nada? Si estamos sobre camino de sirga de un río que es límite internacional "armados con un cuchillo criollo" utilizado para cortar la mortadela para el sandwich y al cana se le ocurre que no es "una actividad que la requiera" o que "estamos haciendo ostentación de la misma en lugar público".
Las leyes son claras y concretas, cual es la verdad de la milanesa en este caso?
Adhiero a la pregunta de Mocha 1 .
Parece que los tarados somos por lo menos dos.... Y unos cuantos más que no lo admiten
Abrazote.
Te comento sobre mis experiencias laborales, y son de aca en la Provincia de Bs. As., se aplica como en muchas provincias un decrero ley, el cual ofrece inclusive y dependiendo las caracteristicas del hecho poder aprehender al portador de dicha arma blanca, y salir de la orbita de una contravencion a un hecho penal, desde ahi fue la aclaracion sobre las jurisdicciones y sus reglamentos especificos.
Y de lo resaltado, me referi a los tantos BOLUTUBER nacionales, que salen en sus diversos canales exponiendo cosas puntuales que "NO" se ajustan a las normativas vigentes, y que esos TARADOS, abundan en cosas que puntualmente ELLOS, no hacen, o no realizan, pero se lo indican a otras personas.
En ningun caso fue tratar de "tarado", a ningun forista por hacer una simple consulta, aunque TODOS, los aqui presentes, en cierta medida tenemos una idea muy contextualizada, sobre aquellas libertades personales y sobre aquellas acciones que se encuentran permitidas y/o prohibidas, con lo cual tambien se podria estimar, que ciertas cuestiones estarian de mas, o al menos ese mi punto de vista.
Ahora si tuviera que sugerir un elemento de defensa personal, para la situacion de este muchacho, antes le diria, que se haga un curso de Primeros Auxilio, y sepa como sanar y ayudar a otras personas como, asi mismo.
Le sugeriria, que si quiere defenderse, porte un baston extensible, o una minima seccion de madera de aquellos palos de escobas que tambien sirven para defenderse de manera muy practica (Kobutan).
O como hacen muchas mujeres, que portan los aerosoles de defensa, pero indicarle al menos en las calles de la Provincia de Bs. As., "si calzate un Tramontina, un Yarara, una Kerambit, o lo que fuere", es invitarlo a que lo demoren y lo perjudiquen, espero se entienda.
Ahora desde ya dejo mis absolutas disculpas ante una confusion en mis expresiones, aclarando que jamas fue mi intencion ofender a nadie en cuanto a sus dudas puntuales sobre determinados temas.
Calupa, muchas gracias, por llamarme a esta aclaracion, un gran saludo desde Bs. As.
- calupa
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Re: Navaja legal
No, nooo, estimado Amat, no quiso ser un llamado de atención ( no me corresponde), solo quise exponer que son dudas que siempre existen entre nosotros y que, aún con la disponibilidad de la web, o por culpa de ella, no sabemos donde estamos parados.
Así que si sonó a tirón de bolas debo disculparme, no fué mi intensión.Y ahora que releo lo que posteé me doy cuenta que no transmite el espíritu conque lo escribí, mas bien parece una forreada . Así que las disculpas las debo yo.
Y lo que comenta y transcribo es muy útil , porque la idea es andar tranquilo, sobre todo cuando andamos con la familia.
"Te comento sobre mis experiencias laborales, y son de aca en la Provincia de Bs. As., se aplica como en muchas provincias un decrero ley, el cual ofrece inclusive y dependiendo las caracteristicas del hecho poder aprehender al portador de dicha arma blanca, y salir de la orbita de una contravencion a un hecho penal, desde ahi fue la aclaracion sobre las jurisdicciones y sus reglamentos especificos."
Así que si sonó a tirón de bolas debo disculparme, no fué mi intensión.Y ahora que releo lo que posteé me doy cuenta que no transmite el espíritu conque lo escribí, mas bien parece una forreada . Así que las disculpas las debo yo.
Y lo que comenta y transcribo es muy útil , porque la idea es andar tranquilo, sobre todo cuando andamos con la familia.
"Te comento sobre mis experiencias laborales, y son de aca en la Provincia de Bs. As., se aplica como en muchas provincias un decrero ley, el cual ofrece inclusive y dependiendo las caracteristicas del hecho poder aprehender al portador de dicha arma blanca, y salir de la orbita de una contravencion a un hecho penal, desde ahi fue la aclaracion sobre las jurisdicciones y sus reglamentos especificos."
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Re: Navaja legal
Calupa, las disculpas seran mutuas entonces .
Cuando me toca salir a entrenar, y aca te vas a morir de la risa, porto dos cepillos de dientes de esos Pro Duros en desuso, que me los llevo en la cintura apretados por el elastico del lompa, y una vez los pibes de la Local, me demoran en via publica para identificarme, no tenia ni el DNI, ni Credencial, pero el chanta portaba los cepillos .
Bueno me identifican por sistema informatico, mediante Legajo Interno, dando confirmacion de identidad dentro de la Fuerza, y luego los muchachos me consultaron sobre dichos cepillos, por lo que salio la respuesta de uso en defensa personal.
Entonces es de ahi que comento dicha anecdota, en donde solo trato de ilustrar los caminos a diversas opciones posibles, y que si no fueran los cepillos de dientes en desuso, tambien se puede portar esas pintas pleglables abiertas que tambiem sirven muy convenientemente para la defensa, asi que opciones hay y muchas sin entrar en posibles dramas policiales o judiciales.
Espero siga bien, saludos.
Cuando me toca salir a entrenar, y aca te vas a morir de la risa, porto dos cepillos de dientes de esos Pro Duros en desuso, que me los llevo en la cintura apretados por el elastico del lompa, y una vez los pibes de la Local, me demoran en via publica para identificarme, no tenia ni el DNI, ni Credencial, pero el chanta portaba los cepillos .
Bueno me identifican por sistema informatico, mediante Legajo Interno, dando confirmacion de identidad dentro de la Fuerza, y luego los muchachos me consultaron sobre dichos cepillos, por lo que salio la respuesta de uso en defensa personal.
Entonces es de ahi que comento dicha anecdota, en donde solo trato de ilustrar los caminos a diversas opciones posibles, y que si no fueran los cepillos de dientes en desuso, tambien se puede portar esas pintas pleglables abiertas que tambiem sirven muy convenientemente para la defensa, asi que opciones hay y muchas sin entrar en posibles dramas policiales o judiciales.
Espero siga bien, saludos.
Última edición por Amat Victoria Curam el Vie Sep 09, 2022 12:57 pm, editado 2 veces en total.
- calupa
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Re: Navaja legal
Si no fuera porque debería disculparme de nuevo diría que esto parece cosa de viejos chotos...
Así pasa con este medio de comunicación en el que algunos como yo, seremos eternos aprendices. La poca habilidad para escribir transmitiendo a la vez la intensión conque lo hago a veces me deja pagando.
Abrazo.
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Las pulgas saltan de perro en perro ; los piojos de cabeza en cabeza y los políticos de partido en partido.
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Re: Navaja legal
JOBATOS SON LOS TRAPOS HERMANOcalupa escribió: ↑Vie Sep 09, 2022 12:48 pmSi no fuera porque debería disculparme de nuevo diría que esto parece cosa de viejos chotos...
Así pasa con este medio de comunicación en el que algunos como yo, seremos eternos aprendices. La poca habilidad para escribir transmitiendo a la vez la intensión conque lo hago a veces me deja pagando.
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- ruso16
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Re: Navaja legal
Hay que definir "arma blanca". Por ejemplo, en Rusia es un cuchillo con guardamonte de mas de 2.4 mm de espesor, mas de 45Rh de dureza, largo definido, hoja fijable en lis plegables, etc. Si falta una sola caracteristica, deja de ser arma. Andan con tremendos cuchillos y sertificado de que no es arma blanca.
Uno no es el quien dice ser, sino, el que termina siendo.
- calupa
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Re: Navaja legal
Creo que aquí no existe esa clasificación. En algún lado leí solo sobre el largo de hoja, pero a decir verdad, y en vista que son regulaciones que evidentemente varían en distintas jurisdicciones, ya no se que decir.
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Re: Navaja legal
Yo tengo entendido que no esta prohibido pero que según en donde vivamos puede haber alguna contravención. Y que por otro lado queda sujeto a interpretación de quien te pare a controlar, y si tenes justificación o estas en contexto no te deberían joder (desconozco los términos legales para describir eso pero creo que se entiende), es decir si te paran con la tabla, el cuchillo y el tenedor y estas a la tardecita es lógico que te vayas a comer un asado, o si andas con una trincheta laburando, con ropa de laburo, alguna otra herramienta, no te pueden decir nada. Si vamos al caso para hacer daño no te hace falta exclusivamente una navaja, con un destornillador podes hacer igual o peor daño, o una lapicera, que se yo... Ahora si te paran con una spyderco civilian no pasa ni en pedo...
En mi caso siempre tengo cuchillos encima por cuestiones obvias, es mi trabajo (terminados, a medias, sin vaina, llevándolos a grabar, a entregar a algún cliente), me han parado en controles en la ciudad y nunca tuve problemas, al contrario varios me terminaron comprando alguno.
Y en ruta cuando el agente a cargo del control esta de mal humor que te hace tirar a un costado y te revisan el auto, sacar las cosas de los bolsillos, siempre ando con alguna navaja encima (que puede ser desde una victorinox chiquita a alguna spyderco bien robusta asesina de vacíos y matambres) y nunca tuve problemas por eso, cuando me preguntan les digo que siempre tengo algún filo encima por costumbre, para cortar algo, abrir algún paquete, comer, y después cuando avanza la charla o ven algún cuchillo mío es como que deja de ser un problema.
Que se yo, depende de quien te pare, con que actitud y respeto le hables vos, creo que siempre es mejor ir por el lado amable y no haciéndose el banana porque te la hacen peor...
En mi caso siempre tengo cuchillos encima por cuestiones obvias, es mi trabajo (terminados, a medias, sin vaina, llevándolos a grabar, a entregar a algún cliente), me han parado en controles en la ciudad y nunca tuve problemas, al contrario varios me terminaron comprando alguno.
Y en ruta cuando el agente a cargo del control esta de mal humor que te hace tirar a un costado y te revisan el auto, sacar las cosas de los bolsillos, siempre ando con alguna navaja encima (que puede ser desde una victorinox chiquita a alguna spyderco bien robusta asesina de vacíos y matambres) y nunca tuve problemas por eso, cuando me preguntan les digo que siempre tengo algún filo encima por costumbre, para cortar algo, abrir algún paquete, comer, y después cuando avanza la charla o ven algún cuchillo mío es como que deja de ser un problema.
Que se yo, depende de quien te pare, con que actitud y respeto le hables vos, creo que siempre es mejor ir por el lado amable y no haciéndose el banana porque te la hacen peor...
- calupa
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Re: Navaja legal
Claro, pero lo que exponés es un problema en sí mismo ,no debe estar sujeto a la interpretación del control que te toque. He ahí el principio de los problemas.
Pero lo que é...é !!! Dicen los paisanos de mi pago. Y sí, así nomás está la cosa.
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Re: Navaja legal
Al ser tan grande la variedad de lo que se podria llamar "armas blancas",al comun de la gente,se les pone un poco dificil determinar cual de ellas esta prohibido portar y cuales no,tampoco las autoridades en general,hacen de esto un tema digno de anoticiar a la poblacion y reiterar con fines preventivos,entonces...¿¿un clip para llevar un filito de 5/6cm colgado del cinto,es tan ilegal como un cuchillo de 16/20cm envainado y en la cintura??,todos debemos conocer y reconocer nuestras obligaciones como ciudadanos,pero hay cosas que tienen mucha difusion mediatica y muchas otras que no,o sea importantes y NO importantes,¿¿no seria justo y necesario incluir este tema entre las primeras??,y si es asi,¿¿que estan esperando para hacerlo??,cuando se empezo la campaña para hacer conocer al publico,la OBLIGATORIEDAD de usar el cinturon de seguridad,se hizo por television,redes,diarios,radios,carteles pegados en la via publica,conferencias,etc,o sea,cuando se quiere,se puede, ¿¿este tema tiene menos importancia??,por ejemplo: difundir y establecer medidas (longitud) del arma blanca,filos etc,¿¿tanto cuesta??,no se...es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
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Re: Navaja legal
Veo que en casi todos los códigos contravenciones se hace referencia a la "portación" de arma blanca. Alguien sabe a ciencia cierta a qué se refiere para el caso de un cuchillo? Por lo que entiendo, no habría ningún inconveniente si se lleva un cuchillo táctico en por ejemplo, el bolsillo de un morral porque no sería "de uso inmediato" (asimilando al concepto del caso de un arma de fuego) Es algo que siempre me generó dudas, porque en el caso de un arma de fuego, está bien explicado en la ley la diferencia entre portación y tenencia para el caso de un transporte, pero no lo encuentro para el caso de una arma blanca.
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Re: Navaja legal
Buen dia, como va?
Arma blanca son todos los cuchillos y navajas sin excepcion o todos aquellos elementos de puedan herir o matar, y que se hallan conformados en muchos casos por hojas metalicas en punta y afiladas.
Entendido esto su portacion dara lugar a las infracciones legales respectivas.
No quiero irme mucho por fuera del tema pero sugiero tengan en cuenta el protocolo Tueller, o regla de los 7 pasos, a efectos ilustrativos del caso.
Saludos desde Bs. As.
Arma blanca son todos los cuchillos y navajas sin excepcion o todos aquellos elementos de puedan herir o matar, y que se hallan conformados en muchos casos por hojas metalicas en punta y afiladas.
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Re: Navaja legal
Entiendo, pero el hecho de llevarla en una mochila se consideraría portación del arma blanca en cuestión? O se consideraría portación si la llevo pegada al cuerpo (bolsillo o cinturón)? Hay alguna ley o código contravencional que especifique está diferencia para un arma blanca?Amat Victoria Curam escribió: ↑Mié Oct 05, 2022 11:41 amBuen dia, como va?
Arma blanca son todos los cuchillos y navajas sin excepcion o todos aquellos elementos de puedan herir o matar, y que se hallan conformados en muchos casos por hojas metalicas en punta y afiladas.
Entendido esto su portacion dara lugar a las infracciones legales respectivas.
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Re: Navaja legal
Portacion es tener en tu poder, sea entre tus ropas o en un morral, bolso, mochila o riñonera, etc.volta escribió: ↑Mié Oct 05, 2022 11:47 amEntiendo, pero el hecho de llevarla en una mochila se consideraría portación del arma blanca en cuestión? O se consideraría portación si la llevo pegada al cuerpo (bolsillo o cinturón)? Hay alguna ley o código contravencional que especifique está diferencia para un arma blanca?Amat Victoria Curam escribió: ↑Mié Oct 05, 2022 11:41 amBuen dia, como va?
Arma blanca son todos los cuchillos y navajas sin excepcion o todos aquellos elementos de puedan herir o matar, y que se hallan conformados en muchos casos por hojas metalicas en punta y afiladas.
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Dependiendo de donde seas se aplica la legislacion vigente a tales efectos y que de acuerdo a lo sucedido esta contravencion puede girar hacia la faz penal, ejemplo puntual aca en GBA, bajo laa diversas sensaciones de inseguridad del caso.
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