Pistolones 16/20/24/28?
- Jose Gonzalez
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Pistolones 16/20/24/28?
Buenas tardes a todos. HAce mucho tiempo que vengo haciendo esta pregunta y todavia nadie me pudo contestar. Porque en el mercado nacional no existen pistolones monotiros cal 16/20/24/28? Porque solo se fabrican hasta el calibre .32?
Muchas gracias. Un abrazo!!
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- Jose Gonzalez
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Pero el pistolón no es una escopeta. Es un pistolón. La ley del renar (burócratas incompetentes) se refiere, interpreto yo a escopeta, o sea a una yuxtapuesta a la cual se le corto el cañon, pero el pistolon es otra cosa. Ademas, porque si hay pistolones .32 y no de calibres superiores, si los calibres .32/28/24/20/16/12 no son calibres de guerra. Sinceramente desconozco porque no hay en estos calibres.
- irp55
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- Jose Gonzalez
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Pistolones he visto en calibre 36 (12 chico), 32 (14) y 28. Marcas Safari, Rexio, GMC, y algun otro. Si a una escopeta le cortas el caño, mas a esa altura (45 cm), te queda de choque cilindrico, y los pistolones tienen un choque moderado en la ultima porcion de caño. aparte, si alguien ha disparado alguna vez una 16 con caño de 30 cm o menos, que cuente como quedo temblando media hora despues del tiro por el sacudon. Saludos
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José Gonzalez:
¡Tranquilo aparcero! A sus dudas contesto
Art. 5 del Decreto regulatorio de la Ley de Armas (ver en Renar.gov.ar) inc 1º c) son armas de uso civil los pistolones de caza calibre 28, 32 (14 mm.) y 36. Es una enumeración taxativa.
Por otra parte son armas de USO PROHIBIDO según el art. 4º inc. 3º a) las escopetas de caño menor a 380 mm. de calibre mayor al 28.
Ahí tenés la limitación al calibre.
Saludos.
¡Tranquilo aparcero! A sus dudas contesto
Art. 5 del Decreto regulatorio de la Ley de Armas (ver en Renar.gov.ar) inc 1º c) son armas de uso civil los pistolones de caza calibre 28, 32 (14 mm.) y 36. Es una enumeración taxativa.
Por otra parte son armas de USO PROHIBIDO según el art. 4º inc. 3º a) las escopetas de caño menor a 380 mm. de calibre mayor al 28.
Ahí tenés la limitación al calibre.
Saludos.
- Jose Gonzalez
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Muchas gracias. Pero si quiero un pistolon .16, compro una yuxta, le mando cortar el caño, modifico la empuñadura y cuando me paren los federales y les de la cridencial, la misma va a decir: escopeta cal 16, o sea que hice una modificacion ilegal y voy en cana. Se entiende?
Diferente de un pistolon de fabrica!!! Que en la credendial diga: Pistolon cal .20 por ej.
La ley renar dice que esta prohibido las escopetas recortadas de un calibre inferior a .28.
Pero una escopeta es una cosa y un pistolon otra diferente.
No se, seria como decir que estan permitidos los .44 magnum, pero prohibidos los rifles .44 magnum recortados. Entonces un revolver .44 magnum deberia estar prohibido. Que chantas estos del RENAR (Inutiles)
No crean que patea tanto una 16 recortada, para mi patea un poquitito mas fuerte que un .44 magnum!!
Muchisimas gracias y disculpen por las molestias. Un abrazo y que tengan muy buenas tardes!!
Diferente de un pistolon de fabrica!!! Que en la credendial diga: Pistolon cal .20 por ej.
La ley renar dice que esta prohibido las escopetas recortadas de un calibre inferior a .28.
Pero una escopeta es una cosa y un pistolon otra diferente.
No se, seria como decir que estan permitidos los .44 magnum, pero prohibidos los rifles .44 magnum recortados. Entonces un revolver .44 magnum deberia estar prohibido. Que chantas estos del RENAR (Inutiles)
No crean que patea tanto una 16 recortada, para mi patea un poquitito mas fuerte que un .44 magnum!!
Muchisimas gracias y disculpen por las molestias. Un abrazo y que tengan muy buenas tardes!!
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La explicación es que las escopetas recortadas (y los pistolones, a ese efecto) han sido armas tradicionales de la Mafia, Camorra etc.
En USA estan literalmente prohibidos los pistolones, los revolveres de ánima lisa y los fusiles de menos de 16'' de caño.
Pero no las Thompson Center de 14'' de caño!
En USA estan literalmente prohibidos los pistolones, los revolveres de ánima lisa y los fusiles de menos de 16'' de caño.
Pero no las Thompson Center de 14'' de caño!
- threemaggievox
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A ver si don Gonzalez y pablopinto entienden.El pistolon si fuera calibre 12/70,16 o 20 y tuviera un caño de menos de 380 mm (38 cm) se considera igual que una escopeta de estos calibres y de estos largos de cañones,que estan prohibidas a civiles.O acaso un pistolon de esos no dispararia los mismos cartuchos que una escopeta de cañones normales????
Que los chorros corten una escopeta y le dejen sus caños cortitos es ilegal,comparable a un auto mellizo y todas las truchadas que se hacen aca (y en el mundo tb)
La reglamentacion sobre pistolones es como dice Venatro mas arriba y las escopetas (con culatas o pistolete) son prohibidas con caño de 450 mm (45 cm) para abajo.
Que los chorros corten una escopeta y le dejen sus caños cortitos es ilegal,comparable a un auto mellizo y todas las truchadas que se hacen aca (y en el mundo tb)
La reglamentacion sobre pistolones es como dice Venatro mas arriba y las escopetas (con culatas o pistolete) son prohibidas con caño de 450 mm (45 cm) para abajo.
- Jose Gonzalez
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Esta bien Capraso. Entiendo perfectamente, pero ac hay una falla legal, un vacio como dicen. No esta prohibido, o sea que esta permitido.
Art. 5 del Decreto regulatorio de la Ley de Armas (ver en Renar.gov.ar) inc 1º c) son armas de uso civil los pistolones de caza calibre 28, 32 (14 mm.) y 36. Es una enumeración taxativa? En ningun lado veo que esten prohibidos los de calibres superiores. Dice hasta que calibre son de uso civil condicional, pero en ningun lado prohibe los calibres superiores. :?: :?:
Por otra parte son armas de USO PROHIBIDO según el art. 4º inc. 3º a) las escopetas de caño menor a 380 mm. de calibre mayor al 28. Aca dice ESCOPETA, no PISTOLON!!! Y son dos arams distintas, tales como la diferencia entre un rifle y un revolver.
Esta bien, no quiero quitarles mas tiempo, un abrazo y que sueñen con los angelitos!!!!!!!
Art. 5 del Decreto regulatorio de la Ley de Armas (ver en Renar.gov.ar) inc 1º c) son armas de uso civil los pistolones de caza calibre 28, 32 (14 mm.) y 36. Es una enumeración taxativa? En ningun lado veo que esten prohibidos los de calibres superiores. Dice hasta que calibre son de uso civil condicional, pero en ningun lado prohibe los calibres superiores. :?: :?:
Por otra parte son armas de USO PROHIBIDO según el art. 4º inc. 3º a) las escopetas de caño menor a 380 mm. de calibre mayor al 28. Aca dice ESCOPETA, no PISTOLON!!! Y son dos arams distintas, tales como la diferencia entre un rifle y un revolver.
Esta bien, no quiero quitarles mas tiempo, un abrazo y que sueñen con los angelitos!!!!!!!
- threemaggievox
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José:
Como te dije antes, la enumeración es TAXATIVA. Esto es están permitidos sólo en esos calibres. No hace falta prohibir los demás calibres, la ley te dice los únicos que están permitidos.
Además en la clasificación el pistolón se define como de uno o dos cañones, lo que excluye las armas de repetición, entonces si tenés una escopeta a trombón con pistol grip (sin culata) y le cortás el caño abajo de los 380 mm. también es un arma prohibida.
No hay ninguna laguna legal.
Como te dije antes, la enumeración es TAXATIVA. Esto es están permitidos sólo en esos calibres. No hace falta prohibir los demás calibres, la ley te dice los únicos que están permitidos.
Además en la clasificación el pistolón se define como de uno o dos cañones, lo que excluye las armas de repetición, entonces si tenés una escopeta a trombón con pistol grip (sin culata) y le cortás el caño abajo de los 380 mm. también es un arma prohibida.
No hay ninguna laguna legal.
- fede2008
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Re: Pistolones 16/20/24/28?
Si tengo mi vieja bayard del 16,con la punta del caño florecido gracias a la genial idea de un amigo de tirar con el caño abajo del agua, registrada como corresponde, y se la mando a mi armero de confianza y me corta el caño a 38cm, es legal o la estoy pifiando. Gracias
- UlisesG29
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Re: Pistolones 16/20/24/28?
La estarías cambiando de categoría, ya que ahora seguramente es de uso civil y pasaría a ser de uso civil condicional.fede2008 escribió:Si tengo mi vieja bayard del 16,con la punta del caño florecido gracias a la genial idea de un amigo de tirar con el caño abajo del agua, registrada como corresponde, y se la mando a mi armero de confianza y me corta el caño a 38cm, es legal o la estoy pifiando. Gracias
Vas a necesitar un armero matriculado que te prepare una carta explicando la modificación y ahí volver a registrar la escopeta.
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Tiro Suizo Rosario
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- rigby_416
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Re:
Jose Gonzalez escribió:Esta bien Capraso. Entiendo perfectamente, pero ac hay una falla legal, un vacio como dicen. No esta prohibido, o sea que esta permitido.
Art. 5 del Decreto regulatorio de la Ley de Armas (ver en Renar.gov.ar) inc 1º c) son armas de uso civil los pistolones de caza calibre 28, 32 (14 mm.) y 36. Es una enumeración taxativa? En ningun lado veo que esten prohibidos los de calibres superiores. Dice hasta que calibre son de uso civil condicional, pero en ningun lado prohibe los calibres superiores. :?: :?:
Por otra parte son armas de USO PROHIBIDO según el art. 4º inc. 3º a) las escopetas de caño menor a 380 mm. de calibre mayor al 28. Aca dice ESCOPETA, no PISTOLON!!! Y son dos arams distintas, tales como la diferencia entre un rifle y un revolver.
Esta bien, no quiero quitarles mas tiempo, un abrazo y que sueñen con los angelitos!!!!!!!
En ningun lado dice pistolones de calibre superior y de hecho ninguna fabrica los produce porque automaticamente quedarian como armas de uso prohibido. No se que queres inventar o que queres descubrir con esta pregunta cuando todos te explicaron claramente la legislacion y la calsificacion que le da RENAR
- fede2008
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Re: Pistolones 16/20/24/28?
Gracias amigo, voy a ver si me pongo manos a la obra así resucito el viejo fierro, me quedo más tranquilo si todo es legal....UlisesG19 escribió:La estarías cambiando de categoría, ya que ahora seguramente es de uso civil y pasaría a ser de uso civil condicional.fede2008 escribió:Si tengo mi vieja bayard del 16,con la punta del caño florecido gracias a la genial idea de un amigo de tirar con el caño abajo del agua, registrada como corresponde, y se la mando a mi armero de confianza y me corta el caño a 38cm, es legal o la estoy pifiando. Gracias
Vas a necesitar un armero matriculado que te prepare una carta explicando la modificación y ahí volver a registrar la escopeta.