QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
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QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Estimado Forista, debido a lo agitado de estos dias con los casos delictivos de publico conocimiento, surgió un interrogante en la típica charla de café con mis amigos, surgio una duda con respecto a lo siguiente: que pasa si uno debe atravesar un hecho delictivo, donde uno se defiende con su arma (todo en regla), donde resulta abatido 1 o mas delincuentes y donde la justicia después de los tiempos procesales y demás dictamina que fue legitima defensa y la persona queda absuelta....cuando pase el tiempo y esa persona decida ir a renovar su CLU para volver a ser tenedor de armas el ANMAC se la renueva? o por haber tenido una causa penal no se lo dará mas aunque haya sido absuleto?...simple duda que surgió...abrazo gente!
"MI CASA ESTA PROTEGIDA POR DIOS Y POR UN ARMA, ENTRA SIN INVITACIÓN Y CONOCERÁS A AMBOS"
- lujan44
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
si salís absuelto no tenes causa penal, si vas a tener una causa civil que es el mantenimiento económico de la familia del muerto o los muertos, pero cusas no vas a tener
- marcos de olivos
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
No pasa nada, y si te dicen algo les presentas el certificado del art 336 inc 3 del Código Procesal Penal que te tiene que expedir el juzgado luego de quedar firme el sobreseimiento..
Yo con las constancias de la causa y el certificado pediría la portación, ya que quedó indubitablemente acreditado que tu vida corre riesgo.
Yo con las constancias de la causa y el certificado pediría la portación, ya que quedó indubitablemente acreditado que tu vida corre riesgo.
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
lujan44 escribió:si salís absuelto no tenes causa penal, si vas a tener una causa civil que es el mantenimiento económico de la familia del muerto o los muertos, pero cusas no vas a tener
Mantener a la flia del chorro?? de casualida que puedo mantener a la mia!!!!
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Antiguamente si vos ganabas la acción penal y quedas sobreseido el juicio civil iba a via muerta. Ahora con los Zaffaronistas y justicia K y DDHH de los chorros no se.
Es que por eso que siempre aconsejo tener un buen abogado penalista en el celular para llamar
Slds! :)
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
nestorfull escribió:lujan44 escribió:si salís absuelto no tenes causa penal, si vas a tener una causa civil que es el mantenimiento económico de la familia del muerto o los muertos, pero cusas no vas a tener
Mantener a la flia del chorro?? de casualida que puedo mantener a la mia!!!!
Tiene ud. Razón, Don Nestor!
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
JuajuajuajuaARMA MORTAL escribió:a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
- ringuin
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Metele bala nomas,mientras hagas lo correcto,la ley tambien te ampara a vos,porsupuesto,segui el consejo que te dieron,tene un buen abogado agendado en el celu,perdon...quise decir,un abogado,porque encontrar uno bueno,no es facil,por lo demas,no te preocupes,que ya es una cancion conocida,cordiales saludos.
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Gracias a todos los que pasaron y comentaron esta bueno saber estas cosas por sin un día Dios no quiere, pasa algo saber como actuar...
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Fijate en que país vivimos que los jueces y fiscales (ni hablemos de los abogados que defienden a los delincuentes) dejan iniciar esas causas en los foros civiles bajo la justificación "Fulanito era el sosten de toda la familia", fulanito era un chorro con antecedentes y con varias pasadas por comisarias y con un prontuario enorme y cuando te fue a robar a vos estaba beneficiado con "salidas transitorias". Para ellos asalto a mano armada es un trabajo.ARMA MORTAL escribió:a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
Una cosa más agrego, ojala a ninguno de nosotros nos pase, pero si te llega a pasar, anda pensando que te vas a tener que mudar del barrio y cambiar el número de teléfono, los amigos, familiares van a querer joderte la vida a vos y a tu familia.
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Tal cual lo que decis es un país con leyes garantistas y con DDHH para estas escorias sociales, los únicos que poseen portacion de armas son los chorros, al igual que todas las garantías de la ley, hasta le nombran a un abogado si no tiene plata para pagar uno y si vos sos un laburante que no tenes dinero, no se búscalo y pagale con un riñon, porque a la victima no le ponen ninguno....antes que mudarme de barrio me compro mas armas, por las dudas digo....adri31 escribió:Fijate en que país vivimos que los jueces y fiscales (ni hablemos de los abogados que defienden a los delincuentes) dejan iniciar esas causas en los foros civiles bajo la justificación "Fulanito era el sosten de toda la familia", fulanito era un chorro con antecedentes y con varias pasadas por comisarias y con un prontuario enorme y cuando te fue a robar a vos estaba beneficiado con "salidas transitorias". Para ellos asalto a mano armada es un trabajo.ARMA MORTAL escribió:a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
Una cosa más agrego, ojala a ninguno de nosotros nos pase, pero si te llega a pasar, anda pensando que te vas a tener que mudar del barrio y cambiar el número de teléfono, los amigos, familiares van a querer joderte la vida a vos y a tu familia.
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- chelin82
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
No solo te la tendrían que renovar una vez terminado el juicio y siendo absuelto, sino también durante el juicio... Recordá que fije el principio de inocencia que es constitucional, aunque como sabemos en el anmac trabajan con la pirámide invertida ( para ellos vale más la resolución administrativa que la ley y la ley más que la constitución... Ósea todo al revés)...
En ese caso seguramente tengas que recurrir a un abogado para realizar los correspondientes planteos.
Saludos
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
chelin82 escribió:No solo te la tendrían que renovar una vez terminado el juicio y siendo absuelto, sino también durante el juicio... Recordá que fije el principio de inocencia que es constitucional, aunque como sabemos en el anmac trabajan con la pirámide invertida ( para ellos vale más la resolución administrativa que la ley y la ley más que la constitución... Ósea todo al revés)...
En ese caso seguramente tengas que recurrir a un abogado para realizar los correspondientes planteos.
Saludos
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- lujan44
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Si con el nuevo código civil, el responsable de los daños a los delincuentes es la victima, antes con el viejo código era el estado, es por eso que en caso de defensa propia si matas o herís al delincuente, este o sus familiares te hacen un juicio civil por los daños, si queda el delincuente con alguna discapacidad, le tenes que pagar una pensión de por vida y si lo matas tenes que indemnizar a los familiares, hay muchos casos donde el que se defendió, esta pagando pensiones o le sacaron la casa, es de locosMaximo11 escribió:JuajuajuajuaARMA MORTAL escribió:a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
como conté una vez, alguien que iba al CTI, le paso y la causa civil, la perdió, por que el juez hizo a lugar a que los delincuentes eran sostén de familia, con independencia del oficio que ejercieran para tales menesteres... entonces calculo, cuantos años podrían "trabajar", promedio ganancias y así saco la cifra... esto paso alrededor del 2000..ARMA MORTAL escribió:a gracias por aclararme entonces esta situación, o sea no solo podes nuevamente pedir el CLU sino también la portacion...ahora sabia que la causa civil se extinguia si resultabas absuelto en la causa penal, por que no exisitiria el perjuicio....ahora mantener a la familia del chorro, decime que es joda!! que le tengo que pagar como si yo fuera la ART, que tuvo un accidente de "trabajo"? y lo tengo que indemnizar encima ...que asco de Jueces
- christianmx
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
Si te absuelven no tenes causas penales, por ende no tenes antecedentes en caso de presentar el certificado que te exigen en el trámite.
Ahora, penalmente salis absuelto por caer en la legitima defensa, pero civilmente seguro te comes el juicio, ya que sigue siendo asesinato y los damnificados pueden exigir un resarcimiento económico.
Saludos
Ahora, penalmente salis absuelto por caer en la legitima defensa, pero civilmente seguro te comes el juicio, ya que sigue siendo asesinato y los damnificados pueden exigir un resarcimiento económico.
Saludos
- nouteda
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Re: QUE PASA CON ANMAC Y LA LEGITIMA DEFENSA
A ver... vamos a poner un poco de luz sobre tantas sombras... Porque la verdad, no sé, si los que esbozan opiniones en temas ténico jurídicos, revisten la condición de letrados ó no. Pero la verdad, quedo atónito con algunos comentarios que leo...
En el hipotético planteado, una persona queda absuelta de culpa y cargo en materia penal, y alguien desliza la idea que el L.U. tendría que asumir una indemnización a los familiares del delincuente abatido.
Bueno al respecto el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 1 de Agosto de 2015, establece en su art. 1717. "Antijuricidad: Cualquier acción u omisión que causa un daño a otro es antijurídica si no está justificada"
Y continúa... Art. 1718: "Legítima Defensa, estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho. Está justificado el hecho que causa un daño: a) En ejercicio regular de un derecho. b) en legítima defensa propia o de terceros por un medio racionalmente proporcionado, frente a una agresión actual o inminente, ilícita y no provocada, el tercero que no fue agresor ilegítimo..."
Espero que quede más claro.
Saludos.
En el hipotético planteado, una persona queda absuelta de culpa y cargo en materia penal, y alguien desliza la idea que el L.U. tendría que asumir una indemnización a los familiares del delincuente abatido.
Bueno al respecto el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 1 de Agosto de 2015, establece en su art. 1717. "Antijuricidad: Cualquier acción u omisión que causa un daño a otro es antijurídica si no está justificada"
Y continúa... Art. 1718: "Legítima Defensa, estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho. Está justificado el hecho que causa un daño: a) En ejercicio regular de un derecho. b) en legítima defensa propia o de terceros por un medio racionalmente proporcionado, frente a una agresión actual o inminente, ilícita y no provocada, el tercero que no fue agresor ilegítimo..."
Espero que quede más claro.
Saludos.
"Con la verdad no ofendo ni temo". General Don José Gervasio Artigas.