Reglamento caza mayor Buenos Aires

Reglamentos de caza mayor, permisos, temporadas, etc
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chelin82
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Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por chelin82 » Mar May 01, 2018 12:50 am

Hola!!! Quería saber si podían aportar cuales son los requisitos/ reglamentos para caza mayor y menor este año en Buenos Aires.... Desde ya muchas gracias por los aportes!
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chelin82
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Re: Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por chelin82 » Lun May 07, 2018 11:54 pm

Nadie aporta nada? Aúnque sea cuando arranca la temporada y cuánto salen los permisos... algo...
Están más activos los chinos (:W:)
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danielspencer
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Re: Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por danielspencer » Mar May 08, 2018 6:33 am

Buenos dias chelin la menor se q en zonas esta. La mayor en no tda la pcia no esta hay muchos cambios x diferentes zonas q son reserva.
LA OBSECUENCIA...ES EL ARMA DE LOS INUTILES.
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chelin82
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Re: Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por chelin82 » Jue May 17, 2018 6:51 pm

Ví que en aire comprimido publicaron esta ley quejándose que sacaron la vizcacha de las consideradas plaga.
Lo que no se como es el tema con los chanchos jabalí que si figuran y con las demás especies que se pueden cazar.
Como es el tema de los permisos, temporada etc. Alguien sabe algo?

Decreto 279/18
Poder Ejecutivo Provincial
La Plata, 27 de marzo de 2018
Publicado en el Boletín Oficial: 20 de abril de 2018
VISTO el Expediente N° 22500-7617/10, por intermedio del cual se propicia la actualización del marco legal que regula la actividad cinegética deportiva, comercial y de control de especies silvestres en la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que los Decretos N° 110/81 y su modificatorio N° 8996/86 regulan en la actualidad la actividad cinegética deportiva, comercial y de control de especies silvestres en la Provincia de Buenos Aires;
Que en base a la información e investigación obtenida respecto al estado poblacional de la fauna que habita la Provincia, se han producido importantes modificaciones bioecológicas, que han provocado el retroceso numérico de diversas especies autóctonas, amenazando su conservación, lo que motiva restringir la práctica de la actividad cinegética sobre las mismas;
Que de acuerdo al informe técnico producido por la Dirección de Flora y Fauna del Ministerio de Agroindustria, resulta necesario actualizar el listado de las especies susceptibles de caza deportiva menor, caza deportiva mayor, caza comercial, caza plaguicida y especies dañinas o perjudiciales;
Que la modificación de la nómina de especies susceptibles de caza, tiene como objetivo garantizar una administración y preservación de los recursos naturales que permita el uso sustentable tanto a corto como a mediano plazo;
Que la propuesta que se impulsa encuadra en el artículo 287 del Decreto Ley N° 10081/83 (Código Rural de la Provincia de Buenos Aires) y en el artículo 5° de su Decreto Reglamentario N° 1878/73;
Que la Dirección de Recursos Naturales del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), ha producido informe técnico, realizando diversas observaciones y recomendaciones sobre la actualización del marco legal que regula la actividad cinegética, comercial y de control de las especies silvestres, mencionando la importancia de la actualización periódica del listado de las especies susceptibles de caza.
Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario establecer la nueva nómina de especies susceptibles de caza y derogar el Decreto N° 110/81, su modificatorio N° 8996/86 y toda otra norma que se oponga al presente;
Que se han expedido Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 2) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1°. Declarar susceptibles de caza las especies que se detallan en el Anexo n° IF-2017- 5421603-GDEBADGLYCNMAGP que forma parte del presente Decreto.
Art. 2°. Derogar el Decreto N° 110/81, su modificatorio N° 8996/86 y otra norma que se oponga al presente.
Art. 3°. Facultar al Ministerio de Agroindustria a actualizar periódicamente el listado de especies susceptibles de caza, previo acuerdo con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
Art. 4°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Agroindustria y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Art. 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.- SARQUIS-Salvai-Vidal
ANEXO
a) Caza Deportiva Menor:
– Perdíz chica común o inambú común (Nothura maculosa) – Pato sirirí pampa o pato viuda (Dendrocygna viduata) – Pato barcino (Anas fl avirostris) – Pato maicero (Anas georgica) – Pato cuchara (Anas platalea) – Pato picazo (Netta peposaca) – Paloma torcaza (Zenaida auriculata) – Liebre europea (Lepus europaeus)
b) Caza Deportiva Mayor:
– Ciervo axis (Axis axis) – Ciervo dama (Dama dama) – Ciervo colorado (Cervus elaphus) – Antílope negro (Antilope cervicapra) – Cabra salvaje (Capra sp.)
c) Caza Comercial:
– Ciervo axis (Axis axis) – Ciervo dama (Dama dama) – Ciervo colorado (Cervus elaphus) – Antílope negro (Antilope cervicapra) – Cabra salvaje (Capra sp.) – Jabalí europeo (Sus scrofa) – Liebre europea (Lepus europaeus) – Quiyá, coipo o nutria (Myocastor coipus) – Vizcacha (Lagostomus maximus)
d) Caza Plaguicida:
1 – Especies Plagas – Jabalí europeo (Sus scrofa) – Paloma doméstica (Columba livia) – Cotorra o cata común (Myiopsitta monachus) -Conejo silvestre (Oryctolagus cuniculus) -Rata negra o alejandrina (Rattus rattus) – Rata noruega (Rattus norvegicus) – Ratón doméstico o minero (Mus musculus) 2- Especies dañinas o perjudiciales – Ardilla vientre rojo (Callosciurus erythraeus) – Estornino común (Sturnus vulgaris) – Estornino moñudo o crestado (Acridotheres cristatellus) – Gorrión (Passer domesticus) – Antílope negro (Antilope cervicapra) – Tar del Himalaya (Hemitragus jemlahicus) – Paloma torcaza(Zenaida auriculata) – Paloma turca (Patagioenas picazuro) – Paloma montera (Patagioenas maculosa)
Cristian Gabriel Marioni Director Dirección de Gestión Legal y Coordinación Normativa Ministerio de Agroindustria
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Re: Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por danielspencer » Vie May 18, 2018 6:34 am

Buen dia chelin ,,, honestamente dezconosco como pensaran regular esta situacion ya q no tengo conocimiento de algun ente q haya hecho una investigacion de poblacion animal de este modo sigue igual q siempre.(si puedo aportar q el cimarron se tornara ,un contratiempo ya q no se hizo en su momento nada serio y este animal se torno nomade y en piaras x lo tanto puede ser un problema para el sembrado, en epocas d pariciones, y en rutas ,,,(al igual q otras especies,,, hci q por lo tanto a todos aquellos q transiten rutas provincial 11 de la costa mucha atencion ,,,hoy con el tema de doble mano q se esta hciendo a Dios gracias desde tordillo a mar de ajo,,, se alejaran un poco pero es para tenerlo en cuenta
,
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Re: Reglamento caza mayor Buenos Aires

Mensaje por danielspencer » Vie May 18, 2018 6:35 am

Buen dia chelin ,,, honestamente dezconosco como pensaran regular esta situacion ya q no tengo conocimiento de algun ente q haya hecho una investigacion de poblacion animal de este modo sigue igual q siempre.(si puedo aportar q el cimarron se tornara ,un contratiempo ya q no se hizo en su momento nada serio y este animal se torno nomade y en piaras x lo tanto puede ser un problema para el sembrado, en epocas d pariciones, y en rutas ,,,(al igual q otras especies,,, hci q por lo tanto a todos aquellos q transiten rutas provincial 11 de la costa mucha atencion ,,,hoy con el tema de doble mano q se esta hciendo a Dios gracias desde tordillo a mar de ajo,,, se alejaran un poco pero es para tenerlo en cuenta
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