Cómo poner estas armas a mi nombre?

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Exafiz
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Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por Exafiz » Mié Ene 03, 2018 12:10 pm

Buenas tardes foristas. Resulta que tengo una luger P08 y una mauser C-96 que eran de mi padre fallecido hace unos 8 años. Esas armas no están en la declaratoria de herederos. Un amigo del club nos recomiendo no ponerlas para que sea mas fácil su transferencia. Y aquí vienen las preguntas:

Puedo pedir un reempadronamiento de las armas? o si o si tengo que hacer una tranferencia firmada por mi vieja y por un escribano/oficial, etc?
Las pistolas cuentan con sus tenencias

Y es dejo una yapa: Tengo un rifle 22 browning (de esos que se desarman) sinceramente no me acuerdo pero creo que tenia su tenencia... solo que no la encuentro en estos momentos y hace mucho que no la veo. Hay alguna forma de saber el estado legal del arma?
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calupa
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por calupa » Mié Ene 03, 2018 1:25 pm

Respuesta copiada de la página de ANMaC:

Qué se debe hacer con armas heredadas?
Deben declararse ante este organismo y regularizar su tenencia. Dicha tenencia puede ser solicitada por uno de los herederos o por un tercero, en el caso de que decidieran venderla, cederla, etc. Si el arma no estuviera registrada en el RENAR, deberán solicitar su reempadronamiento. Ambos trámites se realizan en forma conjunta.

Tenencia de armas de Fuego
Reempadronamiento de armas

-----------------------------------------
Hasta hace un tiempo se llenaba un formulario de Renar, lo firmaban los herederos renunciando a favor del que fuere y chau! No se si se modificó algo, era un trámite facil.
Algo ilógico pero facil. Yo le dí a un sobrino una escopeta que fuera de mi padre así, es más, creo que firmé solo yo, no mis hermanas. Fué un disparate por lo sencillo y por lo......No se como definirlo, ¿Por lo reñido con los derechos de los herederos?

Eso que transcribo al ppio. lo copié en este instante de la página oficial de ANMaC.
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Exafiz
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por Exafiz » Mié Ene 03, 2018 5:55 pm

calupa escribió:Respuesta copiada de la página de ANMaC:

Qué se debe hacer con armas heredadas?
Deben declararse ante este organismo y regularizar su tenencia. Dicha tenencia puede ser solicitada por uno de los herederos o por un tercero, en el caso de que decidieran venderla, cederla, etc. Si el arma no estuviera registrada en el RENAR, deberán solicitar su reempadronamiento. Ambos trámites se realizan en forma conjunta.

Tenencia de armas de Fuego
Reempadronamiento de armas

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Hasta hace un tiempo se llenaba un formulario de Renar, lo firmaban los herederos renunciando a favor del que fuere y chau! No se si se modificó algo, era un trámite facil.
Algo ilógico pero facil. Yo le dí a un sobrino una escopeta que fuera de mi padre así, es más, creo que firmé solo yo, no mis hermanas. Fué un disparate por lo sencillo y por lo......No se como definirlo, ¿Por lo reñido con los derechos de los herederos?

Eso que transcribo al ppio. lo copié en este instante de la página oficial de ANMaC.
Pregunté lo del reempadronamiento ya que alfredo1 hace un tiempo me dijo que lo haga por ese método. Pero quería leer otras opiniones. Fuí al anmac de Córdoba y me dijeron que haga una transferencia por herederos. Obviamente me dijeron que mis hermanas debían firmar. Pero como las armas no están en la declaratoria de herederos no sé como sería la jugada ahí. No se si me doy a entender
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por calupa » Mié Ene 03, 2018 6:05 pm

Si, pero parece que el que no se da a entender soy yo.
Cuando le cedí esa escopeta a mi sobrino, el arma había sido de mi padre, su abuelo. No entró en la sucesión y tampoco firmaron los demás herederos. Así se hizo la transferencia a nombre del pibe.
Solo se firmó un formulario, sin intervención del juzgado donde se tramitaba la sucesión.

Creo que es mas o menos lo mismo que te han dicho en la delegación a la que recurriste. Si mal no interpreto lo que te dijeron es que firmen el formulario todos los herederos y listo.
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por malevo » Mié Ene 03, 2018 6:17 pm

Exafiz escribió:Buenas tardes foristas. Resulta que tengo una luger P08 y una mauser C-96 que eran de mi padre fallecido hace unos 8 años. Esas armas no están en la declaratoria de herederos. Un amigo del club nos recomiendo no ponerlas para que sea mas fácil su transferencia. Y aquí vienen las preguntas:

Puedo pedir un reempadronamiento de las armas? o si o si tengo que hacer una tranferencia firmada por mi vieja y por un escribano/oficial, etc?
Las pistolas cuentan con sustenencias

Y es dejo una yapa: Tengo un rifle 22 browning (de esos que se desarman) sinceramente no me acuerdo pero creo que tenia su tenencia... solo que no la encuentro en estos momentos y hace mucho que no la veo. Hay alguna forma de saber el estado legal del arma?
esta es la clave. Si las armas tiene tenencia "definitiva" post reempadronamiento 93´no te queda otra opción que venderlas con el procedimiento que te indicó calupa. El ANMAC tiene esas armas registradas a nombre de tu padre, y no seria posible un reempadronamiento. Pero gracias al hermoso invento jurídico del anmac, no es óbice para nada que no hayas declarado las armas en la sucesión (asumo que a eso te referis con que no están declaradas). Sí tienen que firmar los herederos de la declaratoria ( que tenes que adjuntar) pero todo este tramite no toca jamas el sucesorio. Los bienes que denunciaste ya se repartieron como arreglaron, estos se van a vender separadamente.

Saludos,
"No dejés que hombre ninguno te gane el lao del cuchillo".
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por Agrimgaston » Vie Ene 05, 2018 3:19 pm

Exafiz escribió:
calupa escribió:Respuesta copiada de la página de ANMaC:

Qué se debe hacer con armas heredadas?
Deben declararse ante este organismo y regularizar su tenencia. Dicha tenencia puede ser solicitada por uno de los herederos o por un tercero, en el caso de que decidieran venderla, cederla, etc. Si el arma no estuviera registrada en el RENAR, deberán solicitar su reempadronamiento. Ambos trámites se realizan en forma conjunta.

Tenencia de armas de Fuego
Reempadronamiento de armas

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Hasta hace un tiempo se llenaba un formulario de Renar, lo firmaban los herederos renunciando a favor del que fuere y chau! No se si se modificó algo, era un trámite facil.
Algo ilógico pero facil. Yo le dí a un sobrino una escopeta que fuera de mi padre así, es más, creo que firmé solo yo, no mis hermanas. Fué un disparate por lo sencillo y por lo......No se como definirlo, ¿Por lo reñido con los derechos de los herederos?

Eso que transcribo al ppio. lo copié en este instante de la página oficial de ANMaC.
Pregunté lo del reempadronamiento ya que alfredo1 hace un tiempo me dijo que lo haga por ese método. Pero quería leer otras opiniones. Fuí al anmac de Córdoba y me dijeron que haga una transferencia por herederos. Obviamente me dijeron que mis hermanas debían firmar. Pero como las armas no están en la declaratoria de herederos no sé como sería la jugada ahí. No se si me doy a entender
Exafix, para transferir por herencia, no es necesario presentar la declaratoria de herederos. Pero te piden cosas como actas de nacimiento, libreta de matrimonio, etc, lo que quieren en realidad es saber quienes son los herederos para que firmen la transferencia y que despues nadie le reclame al ANMAC.
El tema es que todos los que figuren como herederos tienen que firmar, pueden firmar en una comisaría, ante un gestor habilitado ante el Anmac, o en el Anmac Escribano Publico...
Yo tuve que hacerlo hace un año, le dí todos los papeles al gestor (certificado de defunción original, certificado de casamiento original, partida de nacimiento de mi cuñada original y partida de nacimiento de mi señora original) y fuimos mi suegra, mi cuñada, mi señora y yo a firmar ante el gestor, y la tenencia salió en 4 meses
Las partidas y certificados, presenté originales, porque el gestor no puede certificar las copias, tenía que ser un escribano o el mismo ANMAC, y pedir copias en la muni me costaba $45 c/u, y por $180 me ahorre el viaje al Anmac. También te van a pedir fotos del arma y de todas las partes númeradas

Te aclaro que en el ANMAC pasan cosas raras, en este momento, estoy esperando que salga la tenencia de una Tanfoglio GT23, la misma tiene la tenencia del dueño anterior posterior al año 93, pero como no tenía cuim, tuve que pedir una transferencia y un empadronamiento. En cambio la PT111 de mi suegro tenía cuim y el trámite tardó menos que la de la tanfoglio que todavía no salió.
Cuando presenté los papeles de mi suegro, también pedí un empadronamiento de una carabina saurio 62 que era de mi suegro y el único papel que tenía es el que la envolvía para que no se llene de tierra. En el formulario figuraba que mi suegra me regalaba la carabina, y que ella nunca la registró, porque cuando la adquirió no existia el RENAR ni el ANMAC. Este trámite demoró un poco más porque tuvieron que identificar el arma, ya que la SURIO no decía que modelo es (muchas fotos por mail al BANMAC, y llamadas telefónicas para que me contesten el mail donde el funcionario indica cual es el modelo del arma) que adjunté al formulario y las fotos. Más o menos 5 meses.

Igualmente te digo, que si queres ahorrarte todos estos tramites, yo acepto donaciones, y una P08 y una C96 me vendrían bien sobretodo si se acompañan con un Browning 22......
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por calupa » Vie Ene 05, 2018 5:27 pm

Veo que el trámite sigo siendo el mismo que hace unos años....Facil y hasta bastante sencillo.
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Re: Cómo poner estas armas a mi nombre?

Mensaje por ringuin » Jue Ene 18, 2018 1:13 am

Hola Gente,compre una escopeta calibre 16 yuxtapuesta a una Sra.,que el marido habia fallecido hacia años,lo unico que tuve que aportar fue el formulario firmado por ella(no se si tenia hijos o no),mas fotos del arma,mas el formulario de transferencia y en dos meses salio la tenencia a mi nombre sin problemas,crei que se me iba a dificultar un poco mas el tramite,pero no,salio asi,cordiales saludos.
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