Se considera portacion ilegal?

Despejar dudas acerca de la Agencia Nacional de Materiales Controlados
Avatar de Usuario
Campitos_Glock
Mensajes: 58
Registrado: Mar Ago 09, 2016 8:45 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por Campitos_Glock » Jue Nov 03, 2016 7:54 pm

Es un delito de propia mano, porque, a diferencia de la tenencia, la portación no es susceptible de ser compartida, pues si bien la tenencia sólo implica contar con la posibilidad de disponer del arma, la portación requiere llevarla corporalmente y en condiciones inmediatas de uso.
Por lo tanto, de la descripción del hecho, surge que el arma secuestrada se encontraba en el interior del auto que conducía el imputado, en el costado derecho (entre ambos asientos), cargada y en condiciones de ser utilizada, por lo que entiendo que es correcta la calificación legal aplicada, portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal.


FUENTE :

http://www.iestudiospenales.com.ar/part ... -arma.html


Enviado desde mi SM-G928G mediante Tapatalk
Avatar de Usuario
G19
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 4733
Registrado: Jue Nov 12, 2015 11:57 am

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por G19 » Jue Nov 03, 2016 8:07 pm

Emi_liano escribió:
G19 escribió:
G19 escribió:En TU unidad funcional, no. A eso se refiere el ámbito de privacidad, a tu vivienda. No al resto del edificio.

Querés sacarte la duda? Llamá al 911 y decile que en el palier hay una persona portando un arma. Cuando llegue el patrullero, explicale tu teoría.

Slds.
No vayas a hacer esto, solo es una manera de hipotetizar que si salís portando un arma al palier, estarías en problemas.
Me c@gue de risa con la aclaracion... (::C)
Por las dudas, viste... Fijate que hay gente que considera que eso no es portación ilegal...
EN EL PELIGRO, SEÑOR, ESTÁS CONMIGO. (SALMO 90)
Avatar de Usuario
rubenosdom
Mensajes: 726
Registrado: Jue Jun 04, 2015 1:03 am
Ubicación: Misiones
Contactar:

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por rubenosdom » Jue Nov 03, 2016 11:02 pm

que buen post...muy interesante, con muchas respuestas y sin bardo.
es al pedo, portar en via publica..es solo con la azul.
www.hodgdonreloading.com/data/pistol
Imagen
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Vie Nov 04, 2016 12:19 am

El otro día discutí con un amigo policía que me decía que si uno porta ilegalmente y mata a un chorro entonces no es legítima defensa.

Yo le respondí que para mí si es legítima defensa si la otra persona ponía en riesgo tu vida pero que el delito por el que va a ser juzgada esa persona es el de portación ilegal.

Aún así siguió insistiendo en hacerme la contra.

Ahora que estan hablando en armonía... Que piensan?
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Vie Nov 04, 2016 10:08 am

Nacho, recuerdo que ya lo hablamos en otro post pero claramente son dos cosas distintas: puede haber legítima defensa con o sin portación ilegal. La portación legal o no, nada tiene que ver con la legítima defensa en ningún caso y bajo ninguna circunstancia. Dos cosas totalmente distintas.
Para darte un ejemplo, estas en un campo sólo durmiendo en un galpon y te despertas por una patada, cuando abrís los ojos hay 6 lacras que te continuan golpeando y a punta de pistola amenzan con torturas. En un descuido de las lacras, vos agarras un arma (supongamos de ellos) y matas a todos.
Según tu amigo, no hay legítima defensa porque el arma no es tuya no tenes tenencia y mucho menos portación.
Decile que su postura es absurda y que en ningun lado existe lo que el opina.
Tampoco, por las dudas, aplica el razonamiento de tu amigo para el caso que el arma sea tuya y que vos hayas estado portandola. En ese caso, el juez puede entender que actuaste en legitima defensa respecto del homicidio pero te vas a ganar un proceso por "portación ilegal".
Slds.

Ya he dado mi opinión, ahora voy a compartir con ustedes alguna postura que hace un tiempo leí y que ahora no recuerdo quien era su autor. Según esta teoría la "legitima defensa" implica en todos los casos la comisión (por parte de quien la lleva a cabo) de un delito por ejemplo de lesiones, daños, homicidio, privación ilegal de la libertad, etc. por lo que el delito de portación ilegal no sería punible. Sin embargo, y con toda la lógica del mundo, la doctrina le saltó al cuello porque el tema es que la "portación o tenencia ilegal" es anterior al ejercicio de la légitima defensa y es un delito de "ejecución continua". Esto, que puede resultar un tanto disparatado, puede servirte de fundamento para explicarle a tu amigo polícia como son las cosas.
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Vie Nov 04, 2016 10:09 am

Mucho más corto. No es legitima la portación pero la defensa es legitima.
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Vie Nov 04, 2016 10:37 am

MaxiMeda escribió:Mucho más corto. No es legitima la portación pero la defensa es legitima.
Conclusión, la policía esta en bolas.
Avatar de Usuario
Andup
Mensajes: 831
Registrado: Lun Jul 22, 2013 9:56 am
Ubicación: CABA

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por Andup » Vie Nov 04, 2016 11:21 am

Hablando en idioma que nos entendamos todos, la teoria del delito tiene que ser vista como una escalera, que empieza de arriba hacia abajo y que no se puede saltear un escalon, si se frena en uno no es un delito punible. La "escalera" se llama ATAC (Accion, Tipica, Antijuridica, Culpable).

1) ACCION: Hecho voluntario y exteriorizable en el mundo. Tiene eximientes que son Acto Reflejo, Fuerza fisica irresistible y Estado de inconciencia absoluta.

Es decir, si vas manejando, chocas y matas a alguien, es una accion fisica exteriorizada en el mundo (si tuviste intencion se ve mas adelante). Ahora si estabas manejando dentro de los limites de velocidad permitidos, y te choca un auto de atras y con ese impulso fue que chocaste y mataste al de adelante, se cae la accion por fuerza fisica irresistible. Es un ejemplo nomas.

2) TIPICA: Se analiza la tipicidad, es decir que para que exista delito el mismo debe estar tipificada en el Codigo Penal.

3) ANTIJURICIDAD: Hay acciones tipicas pero que se encuentran excusadas por ciertos principios/permisos. Aca encontramos la Legitima Defensa, el Estado de necesidad justificante y el Obrar en ejercicio legitimo del Derecho. Entonces, puede haber una accion tipica (mato a alguien, pero el Estado no me pena porque realice esa accion justificado en la Legitima defensa), otro ejemplo claro es cuando estoy caminando en la calle y veo que un piano se va a caer sobre una señora, entonces corro y la empujo, salvandole la vida pero quebrandole un brazo. Cometi accion? Si. Es Tipica? Si (lesiones), esta justificada? Si, por Estado de necesidad justificante, realizo un mal menor del que intento proteger.

4) Culpabilidad: Se analiza la comprension del sujeto sobre la antijuricidad del acto o la capacidad de adecuar la conducta a esta comprension. Aca esta la Inimputabilidad (alteracion mental, perturbaciones o maquinaciones), Minoria de edad o estado de necesidad exculpante (realizo un mal igual o mayor pero en un ambito de autodeterminacion reducido - ej el canibalismo en una balsa en el mar).

Aclaro que esto lo escribi recien, y es MUY BASICAMENTE la teoria del Delito, tiene muchisima mas teoria, causas y caracteristicas a cubrir, pero es la forma mas clara que se me ocurrio un viernes a la mañana en el laburo.

Slds
Por eso a veces me encanta ver ladearle la osamenta;
y ver que el toro se encuentra, con que el ternero se agranda.
Avatar de Usuario
chotman
Mensajes: 896
Registrado: Mar Nov 03, 2015 10:02 am
Ubicación: Parque Chacabuco, CABA

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por chotman » Vie Nov 04, 2016 12:01 pm

Muy buena la explicacion (-Y)

Con respecto al punto 3, decis que por accidente le rompes el brazo pero por otro lado la salvaste del piano. Entonces esa persona puede igualmente obrar de mala fe y hacerte una denuncia por romperle el brazo?
El punto 4 no lo entendi...

saludos,
chot.
Imagen
Avatar de Usuario
G19
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 4733
Registrado: Jue Nov 12, 2015 11:57 am

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por G19 » Vie Nov 04, 2016 12:09 pm

nachodagos escribió:
MaxiMeda escribió:Mucho más corto. No es legitima la portación pero la defensa es legitima.
Conclusión, la policía esta en bolas.
No es un tema policial; es un tema jurídico. La policía en este caso actúa como auxiliar de la justicia resguardando las pruebas e identificando a víctimas, autores y testigos, pero la que toma la decisión de si hubo o no delito y cuales son los delitos a investigar, el es juez y su auxiliar, el fiscal.

Imaginate que dilucidar un delito de portación ilegal en concurso con homicidio en legítima defensa, es algo que te puede llevar años y cientos de argumentaciones que exceden lo que un policía puede determinar en el lugar del hecho.
EN EL PELIGRO, SEÑOR, ESTÁS CONMIGO. (SALMO 90)
Avatar de Usuario
Andup
Mensajes: 831
Registrado: Lun Jul 22, 2013 9:56 am
Ubicación: CABA

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por Andup » Vie Nov 04, 2016 2:21 pm

chotman escribió:Muy buena la explicacion (-Y)

Con respecto al punto 3, decis que por accidente le rompes el brazo pero por otro lado la salvaste del piano. Entonces esa persona puede igualmente obrar de mala fe y hacerte una denuncia por romperle el brazo?
El punto 4 no lo entendi...

saludos,
chot.
Sobre el punto 3, por supuesto que la persona puede hacerte una denuncia penal por lesiones. En la etapa de instruccion se analizara (suponiendo el ejemplo ya mencionado) que:
- Hubo accion (la empujaste a la calle) - no corresponde ningun eximiente de Accion
- Es Tipica: Capitulo II (Lesiones) del Titulo I (Delitos contra las Personas) del Libro Segundo (Parte Especial) art del 89 al 94 (Lesiones leves, graves y gravisimas)
- Antijuricidad: Aca es donde se analiza porque hiciste esa accion, produciste un mal menor al que hubiese tenido si se le caia el piano, este "permiso" hace que no haya delito punible.

No necesariamente hay mala fe de la señora (tuvo una lesion y quiere que alguien le repare el daño), el juez deberia mandarla a iniciar la accion civil.

En el punto 4 se analiza a la persona que realiza la accion (el autor), si vos tiras el televisor desde un 6to piso y justo abajo de tu ventana hay una parada de colectivo llena de gente, matas a 1 persona. Se debera analizar todos los paso que ya mencionamos (Fue accion, tipica, antijuridica), si vos sos un adulto, sin alteraciones mentales, probablemente te juzguen por Homicidio simple (con suerte con dolo eventual). Ahora si el que tira el televisor es un nene de 6 años no es lo mismo y sera declarado inimputable. Se analiza la comprension de la persona sobre la antijuricidad del acto.

Espero haber sido de ayuda.

Slds
Por eso a veces me encanta ver ladearle la osamenta;
y ver que el toro se encuentra, con que el ternero se agranda.
Avatar de Usuario
chotman
Mensajes: 896
Registrado: Mar Nov 03, 2015 10:02 am
Ubicación: Parque Chacabuco, CABA

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por chotman » Vie Nov 04, 2016 5:27 pm

Si, muy bueno, ya me quedaron claro ambos puntos.

saludos,
chot.
Imagen
willyoeste
Mensajes: 165
Registrado: Dom Jul 24, 2011 9:16 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por willyoeste » Vie Ene 13, 2017 1:28 am

Como trabajador de edificios , ex policia y LU te digo que es ilegal ,lo que mencionás ,son espacios comunes ,tu propiedad es otra cosa, por cuanto te van a aplicar por desconocimiento de las normativas y responsabilidades por ser integrante de propiedad horizontal, como a un conductor las normas de tránsiito
Avatar de Usuario
tanofasule
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2629
Registrado: Jue Dic 23, 2010 10:16 am
Ubicación: Ituzaingo y el resto del mundo

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por tanofasule » Vie Ene 13, 2017 11:11 am

alito1985 escribió:Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!

A ver... se considera tu propiedad a partir de la linea municipal, hacia afuera es publico, hacia dentro es privado, por ende si tenes una casa y en la parte del frente de la casa tenes la entrada de auto, si estas portando es legal o ilegal??? ovbiamente es ilegal, porque esta prohibido portar inclusive dentro de tu casa, en donde estes a la vista del exterior, es simple y directo, si estas portando un arma o simplemente la colgas en la pared y se ve desde fuera, podrian denunciarte, y podrian quitarte las armas y ademas impedir que vuelvas a sacar tu CLU... palabra de los K. Por ende si estas portando en un lugar que pese a ser de tu propiedad, es un espacio con servidumbre de paso o compartido por varios propietarios y no tenes portacion, tambien estas portando ilegalmente, porque es un espacio considerado publico.
que dificil es saber de que lado del cañon estas!!!
Avatar de Usuario
alito1985
Usuario
Usuario
Mensajes: 1021
Registrado: Mié Oct 15, 2014 6:05 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por alito1985 » Lun Ene 16, 2017 12:07 pm

tanofasule escribió:
alito1985 escribió:Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!

A ver... se considera tu propiedad a partir de la linea municipal, hacia afuera es publico, hacia dentro es privado, por ende si tenes una casa y en la parte del frente de la casa tenes la entrada de auto, si estas portando es legal o ilegal??? ovbiamente es ilegal, porque esta prohibido portar inclusive dentro de tu casa, en donde estes a la vista del exterior, es simple y directo, si estas portando un arma o simplemente la colgas en la pared y se ve desde fuera, podrian denunciarte, y podrian quitarte las armas y ademas impedir que vuelvas a sacar tu CLU... palabra de los K. Por ende si estas portando en un lugar que pese a ser de tu propiedad, es un espacio con servidumbre de paso o compartido por varios propietarios y no tenes portacion, tambien estas portando ilegalmente, porque es un espacio considerado publico.
Buen día, antes que nada separemos dos cosas, si estoy en mi propiedad( patio de mi casa) NO ESTOY PORTANDO por definicion de que es privado y que es publico. Si alguien me ve entonces me podría denunciar ya que puede afectarle su moral al ver mi arma, al igual que si me paseo en bolas por el patio. Si estoy en mi patio con el arma oculta entonces nadie me podría denunciar por obscenidad y en caso de legítima defensa estaría en propiedad privada.
Ese es mi punto de vista. Es eso correcto? En que parte del código penal contradice lo que escribo?
Saludos
Avatar de Usuario
tanofasule
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2629
Registrado: Jue Dic 23, 2010 10:16 am
Ubicación: Ituzaingo y el resto del mundo

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por tanofasule » Lun Ene 16, 2017 12:19 pm

alito1985 escribió:
tanofasule escribió:
alito1985 escribió:Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!

A ver... se considera tu propiedad a partir de la linea municipal, hacia afuera es publico, hacia dentro es privado, por ende si tenes una casa y en la parte del frente de la casa tenes la entrada de auto, si estas portando es legal o ilegal??? ovbiamente es ilegal, porque esta prohibido portar inclusive dentro de tu casa, en donde estes a la vista del exterior, es simple y directo, si estas portando un arma o simplemente la colgas en la pared y se ve desde fuera, podrian denunciarte, y podrian quitarte las armas y ademas impedir que vuelvas a sacar tu CLU... palabra de los K. Por ende si estas portando en un lugar que pese a ser de tu propiedad, es un espacio con servidumbre de paso o compartido por varios propietarios y no tenes portacion, tambien estas portando ilegalmente, porque es un espacio considerado publico.
Buen día, antes que nada separemos dos cosas, si estoy en mi propiedad( patio de mi casa) NO ESTOY PORTANDO por definicion de que es privado y que es publico. Si alguien me ve entonces me podría denunciar ya que puede afectarle su moral al ver mi arma, al igual que si me paseo en bolas por el patio. Si estoy en mi patio con el arma oculta entonces nadie me podría denunciar por obscenidad y en caso de legítima defensa estaría en propiedad privada.
Ese es mi punto de vista. Es eso correcto? En que parte del código penal contradice lo que escribo?
Saludos
por analogia, mencione la entrada de auto del frente de tu casa, no cabe duda de que es tu propiedad, por mas que sea propiedad privada, si no hay paredes que separen la propiedad, se considera lugar publico, con servidumbre de paso y se considera portacion... sin embargo dentro de tu casa, pero a la vista no es un problema de Moral, esta incluido en el codigo penal procesal y es considerado intimidacion.
que dificil es saber de que lado del cañon estas!!!
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Lun Ene 16, 2017 12:26 pm

tanofasule escribió:
alito1985 escribió:
tanofasule escribió:
alito1985 escribió:Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!

A ver... se considera tu propiedad a partir de la linea municipal, hacia afuera es publico, hacia dentro es privado, por ende si tenes una casa y en la parte del frente de la casa tenes la entrada de auto, si estas portando es legal o ilegal??? ovbiamente es ilegal, porque esta prohibido portar inclusive dentro de tu casa, en donde estes a la vista del exterior, es simple y directo, si estas portando un arma o simplemente la colgas en la pared y se ve desde fuera, podrian denunciarte, y podrian quitarte las armas y ademas impedir que vuelvas a sacar tu CLU... palabra de los K. Por ende si estas portando en un lugar que pese a ser de tu propiedad, es un espacio con servidumbre de paso o compartido por varios propietarios y no tenes portacion, tambien estas portando ilegalmente, porque es un espacio considerado publico.
Buen día, antes que nada separemos dos cosas, si estoy en mi propiedad( patio de mi casa) NO ESTOY PORTANDO por definicion de que es privado y que es publico. Si alguien me ve entonces me podría denunciar ya que puede afectarle su moral al ver mi arma, al igual que si me paseo en bolas por el patio. Si estoy en mi patio con el arma oculta entonces nadie me podría denunciar por obscenidad y en caso de legítima defensa estaría en propiedad privada.
Ese es mi punto de vista. Es eso correcto? En que parte del código penal contradice lo que escribo?
Saludos
por analogia, mencione la entrada de auto del frente de tu casa, no cabe duda de que es tu propiedad, por mas que sea propiedad privada, si no hay paredes que separen la propiedad, se considera lugar publico, con servidumbre de paso y se considera portacion... sin embargo dentro de tu casa, pero a la vista no es un problema de Moral, esta incluido en el codigo penal procesal y es considerado intimidacion.
Si uno lleva el arma oculta estando en el patio delantero o el garage del auto no me parece que se considere como portación ilegal, y tampoco me parece que haya un acto de intimidación en ese caso ya que el arma esta oculta. Ya de por si, portar un arma a la vista me parece ridículo.
Hemos tenido varios casos este año y el anterior en que la persona se defendió dentro de su garage sin tener portación y en ninguno de los casos se acusó de portación ilegal.
Avatar de Usuario
tanofasule
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2629
Registrado: Jue Dic 23, 2010 10:16 am
Ubicación: Ituzaingo y el resto del mundo

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por tanofasule » Lun Ene 16, 2017 1:07 pm

nachodagos escribió:
tanofasule escribió:
alito1985 escribió:
tanofasule escribió:
alito1985 escribió:Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!

A ver... se considera tu propiedad a partir de la linea municipal, hacia afuera es publico, hacia dentro es privado, por ende si tenes una casa y en la parte del frente de la casa tenes la entrada de auto, si estas portando es legal o ilegal??? ovbiamente es ilegal, porque esta prohibido portar inclusive dentro de tu casa, en donde estes a la vista del exterior, es simple y directo, si estas portando un arma o simplemente la colgas en la pared y se ve desde fuera, podrian denunciarte, y podrian quitarte las armas y ademas impedir que vuelvas a sacar tu CLU... palabra de los K. Por ende si estas portando en un lugar que pese a ser de tu propiedad, es un espacio con servidumbre de paso o compartido por varios propietarios y no tenes portacion, tambien estas portando ilegalmente, porque es un espacio considerado publico.
Buen día, antes que nada separemos dos cosas, si estoy en mi propiedad( patio de mi casa) NO ESTOY PORTANDO por definicion de que es privado y que es publico. Si alguien me ve entonces me podría denunciar ya que puede afectarle su moral al ver mi arma, al igual que si me paseo en bolas por el patio. Si estoy en mi patio con el arma oculta entonces nadie me podría denunciar por obscenidad y en caso de legítima defensa estaría en propiedad privada.
Ese es mi punto de vista. Es eso correcto? En que parte del código penal contradice lo que escribo?
Saludos
por analogia, mencione la entrada de auto del frente de tu casa, no cabe duda de que es tu propiedad, por mas que sea propiedad privada, si no hay paredes que separen la propiedad, se considera lugar publico, con servidumbre de paso y se considera portacion... sin embargo dentro de tu casa, pero a la vista no es un problema de Moral, esta incluido en el codigo penal procesal y es considerado intimidacion.
Si uno lleva el arma oculta estando en el patio delantero o el garage del auto no me parece que se considere como portación ilegal, y tampoco me parece que haya un acto de intimidación en ese caso ya que el arma esta oculta. Ya de por si, portar un arma a la vista me parece ridículo.
Hemos tenido varios casos este año y el anterior en que la persona se defendió dentro de su garage sin tener portación y en ninguno de los casos se acusó de portación ilegal.

A ver, creo que UD esta confunciendo "garage", cerrado y delimitado, con "entrada de auto" dentro del terreno pero abierto y no delimitado y se considera portacion de aca la Quiaca y Usuaia.
que dificil es saber de que lado del cañon estas!!!
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Lun Ene 16, 2017 1:16 pm

tanofasule escribió:
A ver, creo que UD esta confunciendo "garage", cerrado y delimitado, con "entrada de auto" dentro del terreno pero abierto y no delimitado y se considera portacion de aca la Quiaca y Usuaia.
Por supuesto que si no existe una limitación en la entrada el ingreso deja de ser restringido, es privado pero no restringido por algún elemento que evite el ingreso de un tercero, yo me refería a una propiedad privada delimitada por un cerco o rejas. el patio delantero de una casa con rejas, como lo era la casa del médico. Que para no ser acusado de portación ilegal dijo que al arma no la tenía encima sino que estaba resguardada en el cantero.
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun Ene 16, 2017 1:54 pm

No entiendo la variable oculta o no oculta!!!
La portación es legal o ilegal!!! Que tengas el arma oculta o no en nada influye en la calificación, del delito de portación de armas en sí mismo.
Slds.
Avatar de Usuario
tanofasule
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2629
Registrado: Jue Dic 23, 2010 10:16 am
Ubicación: Ituzaingo y el resto del mundo

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por tanofasule » Lun Ene 16, 2017 2:00 pm

nachodagos escribió:
tanofasule escribió:
A ver, creo que UD esta confunciendo "garage", cerrado y delimitado, con "entrada de auto" dentro del terreno pero abierto y no delimitado y se considera portacion de aca la Quiaca y Usuaia.
Por supuesto que si no existe una limitación en la entrada el ingreso deja de ser restringido, es privado pero no restringido por algún elemento que evite el ingreso de un tercero, yo me refería a una propiedad privada delimitada por un cerco o rejas. el patio delantero de una casa con rejas, como lo era la casa del médico. Que para no ser acusado de portación ilegal dijo que al arma no la tenía encima sino que estaba resguardada en el cantero.

Correcto Nacho, esta comprendiendo, lo que UD dice es totalmente correcto, pero el forista que hace la consulta. muy claramente esta consultando a lugares compartidos de edificios, zonas que no son privadas, cocheras compartidas del edificio, pasillos de edificios, entradas de auto, lugares con servidumbre de paso, no hace referencia al fondo de su casa podria ser el fondo del edificio en donde tiene su departamento, pero no el fondo de su casa.
La consulta refiere a lugares que si bien son tecnicamente de su propiedad, dado que son parte de un edificio del cual el forma parte del consorcio, no son privados. Con decir que siquiera puede salir 10cm fuera de la puerta de su departamento portando un arma cargada y en condicion de pronto uso, dado que esta infringiendo la ley de portacion.
que dificil es saber de que lado del cañon estas!!!
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Lun Ene 16, 2017 2:14 pm

MaxiMeda escribió:No entiendo la variable oculta o no oculta!!!
La portación es legal o ilegal!!! Que tengas el arma oculta o no en nada influye en la calificación, del delito de portación de armas en sí mismo.
Slds.
Si vos estas adentro de tu casa y desde afuera se ve que estas armado te pueden denunciar y con causa, eso no quiere decir que estés portando ilegalmente. Justamente, estas adentro de tu casa, no se considera portación de ninguna clase, pero estas haciendo ostentación de armas. Esta prohibido hacer alusión u ostentación de las mismas.

tanofasule escribió: Correcto Nacho, esta comprendiendo, lo que UD dice es totalmente correcto, pero el forista que hace la consulta. muy claramente esta consultando a lugares compartidos de edificios, zonas que no son privadas, cocheras compartidas del edificio, pasillos de edificios, entradas de auto, lugares con servidumbre de paso, no hace referencia al fondo de su casa podria ser el fondo del edificio en donde tiene su departamento, pero no el fondo de su casa.
La consulta refiere a lugares que si bien son tecnicamente de su propiedad, dado que son parte de un edificio del cual el forma parte del consorcio, no son privados. Con decir que siquiera puede salir 10cm fuera de la puerta de su departamento portando un arma cargada y en condicion de pronto uso, dado que esta infringiendo la ley de portacion.
Me quedé respondiendo la pregunta que hizo Alito, perdón por desviar el tema jajaja.
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun Ene 16, 2017 2:36 pm

Nachodogos, ahora entiendo tu postura!!!
Pero considero que existe una posible equivocación en tu razonamiento...
Si una persona pasa por tu casa y vos estas dentro de tu casa con la pistola en la mano en principio no puede denunciarte por sentirse intimidada, pues el delito que contempla el código penal es el de intimidación pública, que es otra cosa.
Distinto es el caso que vos amenaces a una persona con un arma, pues en ese caso si hay delito (de amenazas).
Entre otras palabras, y en la práctica:
- si una vieja pasa por tu casa y por la ventana te ve que estas portando un arma en la cintura y te denuncia, la policía no tendría que hacer nada porque no hay "portación" (por ser un lugar privado) y no hay "amenazas" (porque vos simplemente estabas con el arma y nunca le dijiste nada). Entonces, no habiendo delito ni nada por el estilo el allanamiento sería ilegal.
- La intimidación, por sí no es reprimida penalmente. Yo la verdad es que si paso por al lado de un señor que lleva un perro gigante y con cara de malo me siento intimidado y no por eso le puedo hacer una denuncia. O bueno, se la puedo hacer pero no se que delito puedo imputarle más que el de llevar un perro que me da miedo. jajaja.
SLds
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Lun Ene 16, 2017 3:04 pm

MaxiMeda escribió:Nachodogos, ahora entiendo tu postura!!!
Pero considero que existe una posible equivocación en tu razonamiento...
Si una persona pasa por tu casa y vos estas dentro de tu casa con la pistola en la mano en principio no puede denunciarte por sentirse intimidada, pues el delito que contempla el código penal es el de intimidación pública, que es otra cosa.
Distinto es el caso que vos amenaces a una persona con un arma, pues en ese caso si hay delito (de amenazas).
Entre otras palabras, y en la práctica:
- si una vieja pasa por tu casa y por la ventana te ve que estas portando un arma en la cintura y te denuncia, la policía no tendría que hacer nada porque no hay "portación" (por ser un lugar privado) y no hay "amenazas" (porque vos simplemente estabas con el arma y nunca le dijiste nada). Entonces, no habiendo delito ni nada por el estilo el allanamiento sería ilegal.
- La intimidación, por sí no es reprimida penalmente. Yo la verdad es que si paso por al lado de un señor que lleva un perro gigante y con cara de malo me siento intimidado y no por eso le puedo hacer una denuncia. O bueno, se la puedo hacer pero no se que delito puedo imputarle más que el de llevar un perro que me da miedo. jajaja.
SLds
Siempre entendí de que la exibición de armas es un delito civil y no penal, que es un delito contra las buenas costumbres. Pero puede ser que esté equivocado. También tengo entendido de que si ando en bolas adentro de mi casa y se me ve desde afuera me pueden denunciar, y que también me voy a comer un juicio civil, por mas que mi casa sea de propiedad privada y tenga el derecho de portar a mi amiguito desnudo. jajaja (::H)

Eso si que es portación... de calibre yo diría que 380, mata pero no acuesta.
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun Ene 16, 2017 3:23 pm

Nachodogos, no existen delitos civiles pero son tecnicismos que en nada ayudan.
Sí, la persona puede hacerte un juicio civil por el daño moral que le produce que estes exhibiendo un arma pero las defensas que tenes son tantas que la acción civil será inviable.
Si andas desnudo adentro de tu casa y se puede ver desde afuera, dependiendo quien te vea, puede ser un delito de exhibiciones obscenas.
En otras palabras, y según mi parecer, si estas en tu casa con un arma, no amenazas a nadie, tenes la tenencia de la misma y alguien ocacionalmente te ve no tendría que pasar nada.
Slds
damro
Mensajes: 13
Registrado: Lun Feb 06, 2017 1:06 am

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por damro » Vie Feb 10, 2017 11:57 pm

Hola. Soy abogado penalista y si estas portando el arma dentro del espacio comun del edificio. Ahora a los fines prácticos es difícil que justo un policía te controle allí. Y si te hiciera falta usar el arma para defenderte la portacion estaría comprendida dentro del delito que cometieras en legirima defensa.
Un pueblo libre, es un pueblo educado y armado!
Avatar de Usuario
nachodagos
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 2517
Registrado: Vie May 13, 2016 8:23 am
Ubicación: Luján, B.A

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por nachodagos » Vie Feb 10, 2017 11:59 pm

damro escribió:Hola. Soy abogado penalista y si estas portando el arma dentro del espacio comun del edificio. Ahora a los fines prácticos es difícil que justo un policía te controle allí. Y si te hiciera falta usar el arma para defenderte la portacion estaría comprendida dentro del delito que cometieras en legirima defensa.
Dentro del delito que cometiera en legítima defensa?

Me parece que esta mal expresado eso!!!
damro
Mensajes: 13
Registrado: Lun Feb 06, 2017 1:06 am

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por damro » Sab Feb 11, 2017 9:12 am

Puede ser que no me expresé bien. Quise ser conciso y poco técnico para que se entendiera y no me quedo bien.
Va de vuelta. Siempre que el arma salga del domicilio particular del LU, aún a un lugara donde se encuentren personas ajenas a esa vivienda hay portacion.
Ahora bien... es bastante improbable que un policía te vaya a controlar si estas armado en el espacio común de un edificio.
Si te quisieran asaltar en la cochera del edificio, te defendes, y matas al delincuente (dios no quiera) o le causas lesiones, este homicidio o lesiones estarían justificadas. También lo estaría la portacion ya que el arma fue el medio adecuado y el que tenías a mano para defenderte.
El delito cometido en legitima defensa absorbió a la portacion. Ejemplo. Si un ladron comete un asalto a mano armada, y cuando lo estq cometiendo lo detiene la policía nunca le atribuyen la portacion ya que el robo calificado xon armas de fuego 166 inc. 2 del Código penal ya contiene la utilización de un arma.
Un pueblo libre, es un pueblo educado y armado!
Avatar de Usuario
norinco1911
Usuario Avanzado
Usuario Avanzado
Mensajes: 5037
Registrado: Dom Feb 19, 2012 9:14 pm
Ubicación: donde halla olor a polvora

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por norinco1911 » Sab Feb 11, 2017 6:38 pm

es portacion ilegal
que es muy improbalble que tengas problemas si no la exhibis
pero como no es tu propiedad sin acseso publico,es una clara portacion ilegal
si le diéramos a elegir a las víctimas asesinadas por que cosa tener en sus manos 5 segundos antes de su muerte ...., ninguna elegiría un teléfono
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun Feb 13, 2017 6:05 pm

damro escribió: Ejemplo. Si un ladron comete un asalto a mano armada, y cuando lo estq cometiendo lo detiene la policía nunca le atribuyen la portacion ya que el robo calificado xon armas de fuego 166 inc. 2 del Código penal ya contiene la utilización de un arma.
Esa es una de las interpretaciones que se dan pero para algunos jueces la cosa no es tan así. Digo para sólo para aclarar. Todo depende de las pruebas de caso.
Hay quienes entienden que existe un concurso ideal, otros un concurso real y otro un concurso aparente.
Sin ser especialista en el tema, si les aseguro que las penas son bien distintas.
slds
Responder

Volver a “ANMaC”