Se considera portacion ilegal?

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Federer
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Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por Federer » Vie Mar 03, 2017 5:42 pm

MaxiMeda escribió:No entiendo la variable oculta o no oculta!!!
La portación es legal o ilegal!!! Que tengas el arma oculta o no en nada influye en la calificación, del delito de portación de armas en sí mismo.
Slds.

No soy abogado, por salame no termine la carrera....pero lo que yo se que si la portacion ilegal de un arma, (ya sea de fuego o incluso un arma blanca) se realiza de manera ostentosa, es decir a la vista de terceros, es un agravante.

Volviendo al tema del post.....se entiende por portacion ilegal el llevar un arma en condiciones de uso inmediato en la via publica o en lugares de acceso publico sin autorizacion........yo te lo discuto a muerte, por mas que sean espacios de uso comun , dentro del edificio estas en un lugar privado. Se entiende lugar de acceso publico a lugares que aunque sean privados uno puede entrar libremente, ej bares, bancos, locales etc etc
Ni un edificio ni country es un lugar asi, no es de acceso publico. A mi humilde criterio NO ES portacion ilegal.

Tambien puede ser importante lo que diga el reglamento de copropiedad. Pero la legitima defensa es en defensa de un derecho propio o de tercero....y si yo desde mi balcon veo que quieren entrar saltando la reja de la calle del edificio estoy en todo mi derecho a repelar la agresion desde el palier del mismo.

abzo
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Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun Mar 06, 2017 6:45 am

No concuerdo con su interpretación.
1) la portacion ilegal es sólo de arma de fuego. No existe portado ilegal de arma blanca.
2) el hecho que este oculta o a la vista no influye ni es agravante de la portacion. Pero puede constituir otro delito independiente.
3) ya hemos debatido sobre el tema de edificios y espacios comunes. Por lo que reiteró lo ya dicho.
4) lo que diga el reglamento de copropiedad es irrelevante. Es o no delito independientemente de lo que diga el reglamento de copropiedad. Pirámide de Kelsen.
5) le aseguro que así ve un ladrón entrando a la casa de un vecino y le dispara estará en problemas.
Slds


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Federer
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Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por Federer » Lun Mar 06, 2017 12:32 pm

Es logico que no se entienda ya que mezcle las cosas......

Lo del tema del arma blanca o arma de fuego se igualan no en el tema de la portacion sino al considerarse un delito como robo a mano armada......ahi mezcle.....arma armada entiende la ley como objeto contundente capaz de realizar daño o causar la muerte...o algo asi

En cuanto al tema de la ostentacion del arma si es un agravante ya que no solo involucra la portacion ilegal (ya sea de arma de fuego o arma blanca) sino que ademas es en concurso con la figura de amenaza.......ostentar un arma se considera amenazante.....otro tema que lo explique erroneamente.....desde ya puede ser que lo siga explicando mal.....

abzo
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Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por MaxiMeda » Mié Mar 15, 2017 10:17 am

Federer. Espero como mínimo que nadie se equivoqué con las inexactitudes que planteas.
El delito de robo con armas sólo se agrava cuando es con arma de fuego. Sino el arma no es de fuego puede haber robo pero no agravado.
El concepto de arma es correcto pero el robo agravado es el cometido con armas de fuego y no con cualquier arma.
Volves otra vez con el tema de portado ilegal de arma blanca que no existe.
Creo que el tema del concurso es algo demasiado complejo pero no confundamos a la gente. No hoy robo en concurso con amenaza generalmente pues la amenaza configura la violencia requerida para que exista robo y no hurto.
En fin....

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Re: Se considera portacion ilegal?

Mensaje por chaza100 » Vie May 05, 2017 12:31 pm

Andup escribió:
alito1985 escribió:
Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...

A mi entender es claramente portación ilegal.

Slds
Buenas noches estimado. No entendi lo del principio de reserva. Si no estas en la via pública, entonces estas en un lugar privado con acceso restringido no? Saludos!
Hola Alito, el principio de reserva es un principio constitucional que esta encuadrado dentro del art 19 de la CN (en la primer parte del art). es el mas conocido que dice:

"Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe."

Ahora, esto debe ser interpretado por los jueces en baso al caso puntual. Que no estés en la via publica no implica que aplique que sea una acción privada. Fíjate que el articulo en ningún lugar dice "en lugar privado", sino que habla de "Acciones Privadas", es decir que por mas privado de acceso restringido, tus actos pueden perjudicar a un 3ero, y por ende esta sujeto a la autoridad de los magistrados. Ergo, no aplica el pinc de reserva..

Ojo que esta es mi interpretación, cualquier otra persona puede estar en desacuerdo con lo que digo...

Y otra cosa, tampoco es correcto lo que se suele pensar que en mi casa ando en pelotas y si no les gusta no miren, si vos estas teniendo sexo con alguien en la ventana frente a una escuela, por mas privado que sea el lugar donde se realiza el acto, y que la acción sea privada, perjudica a terceros y te podes comer un quilombete.

Sino asomate con un fierro (aunque sea de aire comprimido) por la ventana de tu casa vas a ver que en 5 min tener la policia tocándote el timbre.

Slds
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