VENTA DE ARMA

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Mussbach
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mussbach » Mar Nov 21, 2017 9:35 pm

La realidad es que en el 80% o más de las operaciones entre particulares se entrega el arma al momento de la presentación de inscripción en el anmac. Y me parece perfecto que así sea, porque quien compra a un particular, generalmente desconocido, no va a pagar 20, 30 lucas o más y esperar 45 días o más y esa persona viaja, fallece o lo que sea te quedás en un problema. Pero bueno, quien se quede tranquilo no entregando el arma está bien, pero si los que venden, casi siempre cobran similar a un arma okm...inclusive muchas veces hasta más caro y tenés que esperar el trámite registral... para eso compro en una armería... sentido común que le dicen, pero en fin...
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Durbas » Mar Nov 21, 2017 9:58 pm

minuteman escribió:La realidad es que desde que se puso de moda entregar al meter el tramite,el que se niega tiene menos probabilidades de vender que el lo hace,yo doy lo que pido,quiero el arma al pagarla porque no se si el dueño se puede morir y despues alguien hace desaparecer el fierro y anda a recuperar la plata,por eso tambien me la aguanto y entrego el arma,sino ponele WD40 porque se te va a oxidar hasta que la vendas
No podes estar mas equivocado. Esto nunca se puso de moda y se venden en tiempos normales. Para vender armas lo unico que importa es que el precio sea razonable. Esto asume que tenes transacciones visibles y buena reputacion como vendedor. Si tenes cero transacciones el problema es otro.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mazinger » Mar Nov 21, 2017 10:16 pm

El que entrega el arma al comprador, antes de que salga la tenencia, está corriendo un riesgo terrible. Si al flamante comprador le pasa algo con TU arma, te comés un juicio. Así de simple. Vale la pena correr riesgos por $20000 $30000 o $100000 pesos?
Más de una vez he perdido una venta porque el comprador pretendía que le entregara el arma. La tranquilidad no tiene precio.
Después que cada uno haga lo que quiera.
Saludos!!
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mussbach » Mié Nov 22, 2017 2:03 am

jcbartolomeo escribió:El que entrega el arma al comprador, antes de que salga la tenencia, está corriendo un riesgo terrible. Si al flamante comprador le pasa algo con TU arma,te comés un juicio. Así de simple. Vale la pena correr riesgos por $20000 $30000 o $100000 pesos?
Más de una vez he perdido una venta porque el comprador pretendía que le entregara el arma. La tranquilidad no tiene precio.
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Saludos!!
Estimado, te pregunto...cuando te roban un arma de fuego... si vos declaras el ectravío o robo del arma... y el sujeto mata a alguien ...¿vos vas preso? que diferencia crees que tenés si vas con el comprador, se presenta en el anmac el trámite declarando quien es el nuevo tenedor del arma y después el nuevo tenedor tiene un enfrentamiento y mata a alguien.. ¿vos irias preso?.... o si prestás un arma entre LU...y también tiene un altercado armado..y muere alguien... ¿vos irías preso?... averígualo.. (-Y)

¿Qué es la culpabilidad?

La culpabilidad conforma el conjunto de condiciones que se le pueden señalar a una persona y que se tienen que demostrar a través de un juicio para saber si la persona es responsable de lo que se le señala. La culpabilidad, está dada, por el conjunto de presupuestos (que son presupuestos de hecho) que viene siendo el hecho que se le señala a la persona.

Por ejemplo: Cuando señalamos que el día 13 de febrero del año 2005, un ciudadano "X", siendo aproximadamente las "J" horas de la mañana, llegó al sitio denominado C.C. Plaza Mayor, encontró un carro, comenzó a desvalijarlo (se señalan todas las características del hecho), y funcionarios policiales lo detienen y lo ponen a la orden de la Fiscalía: ¿Eso será suficiente para señalar que la persona es culpable? ¿Qué se ha dado allí? Allí, lo que hemos dado es un conjunto de presupuestos, pero todavía no podemos decir que la persona es culpable, sino que hay un presunto responsable del hecho, y eso es lo que se debe demostrar.

Otro caso: Si el ciudadano Julio González, le de un tiro a otra persona, la lleva, la trae, la enterró, etc; estos hechos, lo que refieren es un conjuntos de presupuestos; hay un presunto culpable, porque siempre habrá la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario en un juicio de reproche.

La Culpabilidad no es sólo el reproche, sino que debe estar sustentada sobre hechos concretos para que se pueda hablar de ese juicio de reproche. En esta parte, hablamos de una teoría general de la Culpabilidad, esas teorías, son las que van a recoger las formas como se presenta la culpabilidad. Hay quienes consideran que desde el punto de vista normativo, si la persona violó una norma, ya es responsable de ese acto cometido: ¿Por el hecho de qué una persona violé una norma, ya esto hace a ésta responsable directa para que tenga una responsabilidad penal?

Ejemplo: Juan mata a alguien, y por ese hecho de matar, automáticamente, la persona es culpada; ¿no deberá primero demostrarse la responsabilidad? recordemos los casos ya estudiados de legítima defensa, estado de necesidad o de las eximentes putativas, lo que, nos debe hacer recordar, que hay una serie de situaciones que en un momento determinado nos pueden llevar a señalar, si se está ante un delito o no; por eso, dichas teorías, trabajan sobre un elemento objetivo y otro subjetivo... y así podríamos seguir largo y tendido...
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por criollo » Mié Nov 22, 2017 6:47 am

Yo prefiero dormir tranquilo..... Al que no le guste que no la compre. No voy a estar 45 días con el cul.... En la mano hasta que le salga la tenencia al comprador. Cada cual sabrá los riesgos que está dispuesto a correr.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Ulises » Mié Nov 22, 2017 9:24 am

Yo vendi un monton de Armas en el FullShop, el 99 % armas de puño y NUNCA entregue un arma de puño hasta que saliera la credencial a nombre de comprador.
El tema es simple, si se la das y se comete un delito con el arma, se dispara accidentalmente y mata a alguien, ó si al tipo no le sale la tenencia y no te devuelve el arma, porque ya te la pagó, en todos los casos el responsable sos vos.
Sino preguntale al pelo#!@ de Lagomarcino, que no sabemos si tuvo algo que ver, pero por las dudas esta hasta las pelotas.
Si el comprador esta apurado por tener el arma, que pague $ 1000 en el tramite, lo meta urgente y sale en una semana. Esto es un Hobby, y nadie se muere por esperar 30 dias, y si la quiere para portar ó para defensa, ni en pedo puede destinar un arma a esos fines que esta a tu nombre.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Ulises » Mié Nov 22, 2017 9:24 am

criollo escribió:Yo prefiero dormir tranquilo..... Al que no le guste que no la compre. No voy a estar 45 días con el cul.... En la mano hasta que le salga la tenencia al comprador. Cada cual sabrá los riesgos que está dispuesto a correr.
Y si no le sale la tenencia ???? peor vas a estar en un super quilombo
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Ulises » Mié Nov 22, 2017 9:33 am

Dialogo registrado por la AFI (ex SIDE)
Fiscal: "Hola que haces campeon, estoy con quilombos, me prestas tu fierro para cuidarme"
El pelo#!@ que arregla la compu: "Si como no, para que te consigo balas porque no tiene."

Dialogo registrado por TN:
Agende PFA: "Hola, Sr. Lagomarcino ?, venimos a notificarle que esta hasta los huevos, porque Nisman se suicido con su pistola, y encima creemos que lo mataron, asi que usted, esta imputado por asesinato"

Dialogo registrado por Agente Penitenciario:
Lagomarcino: "Por favor muchachos, por lo menos con cremita"
Recluso a cadena perpetua: " No jodas maricon, ya te vas a acostumbrar"
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mazinger » Mié Nov 22, 2017 9:51 am

Mussbach escribió:
jcbartolomeo escribió:El que entrega el arma al comprador, antes de que salga la tenencia, está corriendo un riesgo terrible. Si al flamante comprador le pasa algo con TU arma,te comés un juicio. Así de simple. Vale la pena correr riesgos por $20000 $30000 o $100000 pesos?
Más de una vez he perdido una venta porque el comprador pretendía que le entregara el arma. La tranquilidad no tiene precio.
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Estimado, te pregunto...cuando te roban un arma de fuego... si vos declaras el ectravío o robo del arma... y el sujeto mata a alguien ...¿vos vas preso? que diferencia crees que tenés si vas con el comprador, se presenta en el anmac el trámite declarando quien es el nuevo tenedor del arma y después el nuevo tenedor tiene un enfrentamiento y mata a alguien.. ¿vos irias preso?.... o si prestás un arma entre LU...y también tiene un altercado armado..y muere alguien... ¿vos irías preso?... averígualo.. (-Y)

¿Qué es la culpabilidad?

La culpabilidad conforma el conjunto de condiciones que se le pueden señalar a una persona y que se tienen que demostrar a través de un juicio para saber si la persona es responsable de lo que se le señala. La culpabilidad, está dada, por el conjunto de presupuestos (que son presupuestos de hecho) que viene siendo el hecho que se le señala a la persona.

Por ejemplo: Cuando señalamos que el día 13 de febrero del año 2005, un ciudadano "X", siendo aproximadamente las "J" horas de la mañana, llegó al sitio denominado C.C. Plaza Mayor, encontró un carro, comenzó a desvalijarlo (se señalan todas las características del hecho), y funcionarios policiales lo detienen y lo ponen a la orden de la Fiscalía: ¿Eso será suficiente para señalar que la persona es culpable? ¿Qué se ha dado allí? Allí, lo que hemos dado es un conjunto de presupuestos, pero todavía no podemos decir que la persona es culpable, sino que hay un presunto responsable del hecho, y eso es lo que se debe demostrar.

Otro caso: Si el ciudadano Julio González, le de un tiro a otra persona, la lleva, la trae, la enterró, etc; estos hechos, lo que refieren es un conjuntos de presupuestos; hay un presunto culpable, porque siempre habrá la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario en un juicio de reproche.

La Culpabilidad no es sólo el reproche, sino que debe estar sustentada sobre hechos concretos para que se pueda hablar de ese juicio de reproche. En esta parte, hablamos de una teoría general de la Culpabilidad, esas teorías, son las que van a recoger las formas como se presenta la culpabilidad. Hay quienes consideran que desde el punto de vista normativo, si la persona violó una norma, ya es responsable de ese acto cometido: ¿Por el hecho de qué una persona violé una norma, ya esto hace a ésta responsable directa para que tenga una responsabilidad penal?

Ejemplo: Juan mata a alguien, y por ese hecho de matar, automáticamente, la persona es culpada; ¿no deberá primero demostrarse la responsabilidad? recordemos los casos ya estudiados de legítima defensa, estado de necesidad o de las eximentes putativas, lo que, nos debe hacer recordar, que hay una serie de situaciones que en un momento determinado nos pueden llevar a señalar, si se está ante un delito o no; por eso, dichas teorías, trabajan sobre un elemento objetivo y otro subjetivo... y así podríamos seguir largo y tendido...
Estimado Mussbach, muchas gracias por la aclaración, todo muy bueno, pero , de tener que ir a declarar, poner un abogado, perder tiempo y hacerte mala sangre, no te salvás. Preso no vas a ir, pero el quilombo y la amargura que te comés, no te cuento. Prefiero seguir con mi sistema, que da más tranquilidad. Insito, vale la pena correr esos riesgos por $22000 por ejemplo, o por más o por menos?
Estamos vendiendo armas, no cafeteras.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por criollo » Mié Nov 22, 2017 10:15 am

Ulises escribió:
criollo escribió:Yo prefiero dormir tranquilo..... Al que no le guste que no la compre. No voy a estar 45 días con el cul.... En la mano hasta que le salga la tenencia al comprador. Cada cual sabrá los riesgos que está dispuesto a correr.
Y si no le sale la tenencia ???? peor vas a estar en un super quilombo
Me parece que no entendiste lo que escribí, prefiero dormir tranquilo significa que entrego contra tenencia..
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Porteño 22LR » Mié Nov 22, 2017 10:19 am

Sigo sosteniendo cada palabra de lo que dije.

Veo mucho corte y pegue de trabajo practico de facultad, nada mas.

Hay solamente dos clases de responsabilidad civil: por m culpa, u objetiva (sea por mi empleado o sea porque se rompe y daña algo de mi propiedad).

La anmac no da titulo de registro, otorga tenencia. Nada mas.

La venta se perfecciona, y la registracion solo afecta a que sea oponible a terceros.

La anmac no tiene nada que ver con eso.

Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.

No hay ningun tipo de responsabilidad.

Lean mejor, la responsabilidad objetiva no encuadra el daño que se haga con esa cosa, solamente el daño que haga la cosa en si misma por defectos.

Hay que estudiar mas y menos corte y pegue.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Ulises » Mié Nov 22, 2017 11:15 am

criollo escribió:
Ulises escribió:
criollo escribió:Yo prefiero dormir tranquilo..... Al que no le guste que no la compre. No voy a estar 45 días con el cul.... En la mano hasta que le salga la tenencia al comprador. Cada cual sabrá los riesgos que está dispuesto a correr.
Y si no le sale la tenencia ???? peor vas a estar en un super quilombo
Me parece que no entendiste lo que escribí, prefiero dormir tranquilo significa que entrego contra tenencia..
Te entendi y reafirme tu postura planteando una situacion todavia peor.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Ulises » Mié Nov 22, 2017 11:18 am

Porteño 22LR escribió:Sigo sosteniendo cada palabra de lo que dije.
Veo mucho corte y pegue de trabajo practico de facultad, nada mas.
Hay solamente dos clases de responsabilidad civil: por m culpa, u objetiva (sea por mi empleado o sea porque se rompe y daña algo de mi propiedad).
La anmac no da titulo de registro, otorga tenencia. Nada mas.
La venta se perfecciona, y la registracion solo afecta a que sea oponible a terceros.
La anmac no tiene nada que ver con eso.
Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.
No hay ningun tipo de responsabilidad.
Lean mejor, la responsabilidad objetiva no encuadra el daño que se haga con esa cosa, solamente el daño que haga la cosa en si misma por defectos.
Hay que estudiar mas y menos corte y pegue.
En la parte teorica, lo tuyo puede estar bien, aunque no me convence, pero en la practica, como nadie sabe un carajo, inclusive en los juzgados, te vas a comer un quilombo igual.
Ergo, ni loco me arriesgo por la venta de un fierro de mie!#@, porque un tipo no puede manejar su anciedad, si lo quiere rapido que pague tramite urgente y en una semana tiene la tenencia y el fierro.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mazinger » Mié Nov 22, 2017 11:28 am

Más allá de que si vas preso o no,si pasa algo con un arma, investigan y la misma está a tu nombre, te van a buscar de una!!!! Cada uno está en su derecho de hacer lo que le plazca, pero luego a no quejarse!!!!
En mis avisos de venta siempre aclaro que el pago es de contado, no permuto y el arma se entrega al presentar la credencial. Bien forro lo mío, pero me evito un montón de salames e indeseables. Al que le guste, que ponga la tarasca y espere la tenencia!! Jaaa
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por SebaEscopeta » Mié Nov 22, 2017 11:47 am

Porteño 22LR escribió:Sigo sosteniendo cada palabra de lo que dije.

Veo mucho corte y pegue de trabajo practico de facultad, nada mas.

Hay solamente dos clases de responsabilidad civil: por m culpa, u objetiva (sea por mi empleado o sea porque se rompe y daña algo de mi propiedad).

La anmac no da titulo de registro, otorga tenencia. Nada mas.

La venta se perfecciona, y la registracion solo afecta a que sea oponible a terceros.

La anmac no tiene nada que ver con eso.

Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.

No hay ningun tipo de responsabilidad.

Lean mejor, la responsabilidad objetiva no encuadra el daño que se haga con esa cosa, solamente el daño que haga la cosa en si misma por defectos.

Hay que estudiar mas y menos corte y pegue.
Querido Porteño:
Te pido sobre todo que no seas irrespetuoso, yo en el post anterior aclare que escribia con todo respeto, cual es el sentido de insultarme, de mandarme a estudiar? Pero bueno.
Desde el punto de vista juridico seguis en el mismo error, y no es copie y pegue amigo...es lo que dice la ley
La anmac no da titulo de registro, otorga tenencia. Nada mas.
Estas hablando como si el titulo de registro fuera la unica modalidad de probar la titularidad de un bien registral, la tenencia es la forma registral de probar la titularidad de las armas, vos anteriormente la planteaste como una forma imperfecta de derecho de propiedad o dominio eso no existe en la ley argentina el articulo 1887 del Codigo Civil y Comercial de la Nacion (no te lo copio y pego para que no me mandes a estudiar) dice cuales son los derechos reales existentes y ninguno de ellos dice "dominio menos perfecto"
La tenencia es una modalidad registral. Por eso el ahora ANMAC se llamaba antes RENAR osea "Registro" NAcional de Armas.
La venta se perfecciona, y la registracion solo afecta a que sea oponible a terceros.

La anmac no tiene nada que ver con eso.

Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.

No hay ningun tipo de responsabilidad.
No, lamento decirte que no es asi. Lo dice el articulo 1892 te lo vuelvo a trascribir (no te enojes ni me insultes por favor)
ARTICULO 1892.-Título y modos suficientes. La adquisición derivada por actos entre vivos de un derecho real requiere la concurrencia de título y modo suficientes.

Se entiende por título suficiente el acto jurídico revestido de las formas establecidas por la ley, que tiene por finalidad transmitir o constituir el derecho real.

La tradición posesoria es modo suficiente para transmitir o constituir derechos reales que se ejercen por la posesión..."

Para poder transmitir la propiedad la ley te pide titulo y modo. El titulo es el acto juridico revestido por la forma que la ley me pide. (Por ejemplo me compro un paquete de cigarrillos en el kiosko cuando le digo al kioskero que me venda un paquete de puchos y le paso los billetes y el me dice "si dale" estoy contratando una compraventa con el kiosquero) Ademas del titulo la ley me pide el modo que es la tradicion de la posesion del paquete de puchos. Osea que me pase el paquete alli la venta queda perfeccionada y el paquete de cigarrillos es de mi propiedad. Eso pasa con todos los bienes muebles no registrables

PEROOOO con las armas que son bienes registrables el modo que te pide es la registracion. Como dice el cuarto parrafo del articulo 1892 el cual voy a volver a cometer el pecado de copiar y pegar.
Art. 1892 del Codigo Civil y Comercial de la Nacion cuarto parrafo
""La inscripción registral es modo suficiente para transmitir o constituir derechos reales sobre cosas registrables en los casos legalmente previstos; y sobre cosas no registrables, cuando el tipo del derecho así lo requiera."
Osea que si no hay inscripcion registral no trasmitis la propiedad de los bienes registrables porque falta modo suficiente, no lo digo yo lo dice la ley. Porque cuando pagas acordas la venta y pagas el precio tenes titulo, para tener modo tiene que haber inscripcion registral.
Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.
No, eso no es real y porfavor mostrame que ley decreto o resolucion te sanea una transferencia ilegitima. En la pagina del propia ANMAC te dice que no podes transferir el arma hasta que salga la tenencia.
Lean mejor, la responsabilidad objetiva no encuadra el daño que se haga con esa cosa, solamente el daño que haga la cosa en si misma por defectos.
Noo
Te transcribo otra vez el 1757 y el 1758 del Codigo Civil y Comercial de la Nacion
Art. 1757 primer parrafo
"ARTICULO 1757.-Hecho de las cosas y actividades riesgosas. Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización."
El encuadre que hace el articulo habla de responsabilidad por el riesgo o vicio, "o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o circunstancias de su realizacion" OSEA respondes por a)Vicio o riesgo de la cosa
b)Por el daño producido por la cosa por actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza por ejemplo:ACCIDENTES CAUSADOS POR LAS COSAS SIN RIESGO O VICIO DE LAS MISMAS"
c) Por los medios empleados y hasta por las propias circunstancias de realizacion del hecho dañoso, osea bastante mas alla del riesgo o vicio
entre otras causales.
Sigue el articulo asi
"La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención."
El 1758 habla de la responsabilidad concurrente del dueño y el guardian. Que te quiere decir con esto? que mientras seas dueño vos y el que hagas daño deben responder en forma concurrente.

Lo digo otra vez, es lo que dice la ley, no me creas a mi. Buscalo. Y otra vez mas lo aclaro, lo digo con todo respeto. Por favor, no me faltes el respeto a mi. Lo que puse en el post anterior y este fue con respeto y vos no respondiste igual.

Abrazo
Última edición por SebaEscopeta el Mié Nov 22, 2017 12:15 pm, editado 3 veces en total.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por SebaEscopeta » Mié Nov 22, 2017 11:49 am

Ulises escribió:
Porteño 22LR escribió:Sigo sosteniendo cada palabra de lo que dije.
Veo mucho corte y pegue de trabajo practico de facultad, nada mas.
Hay solamente dos clases de responsabilidad civil: por m culpa, u objetiva (sea por mi empleado o sea porque se rompe y daña algo de mi propiedad).
La anmac no da titulo de registro, otorga tenencia. Nada mas.
La venta se perfecciona, y la registracion solo afecta a que sea oponible a terceros.
La anmac no tiene nada que ver con eso.
Si yo vendo mi arma y firmamos y entregamos todos los papeles, yo no sere responsable de quien muera por mi ex arma esa misma noche, y como dije, esa transferencia ilegitima quedara suplida cuando la anmac se la otorgue.
No hay ningun tipo de responsabilidad.
Lean mejor, la responsabilidad objetiva no encuadra el daño que se haga con esa cosa, solamente el daño que haga la cosa en si misma por defectos.
Hay que estudiar mas y menos corte y pegue.
En la parte teorica, lo tuyo puede estar bien, aunque no me convence, pero en la practica, como nadie sabe un carajo, inclusive en los juzgados, te vas a comer un quilombo igual.
Ergo, ni loco me arriesgo por la venta de un fierro de mie!#@, porque un tipo no puede manejar su anciedad, si lo quiere rapido que pague tramite urgente y en una semana tiene la tenencia y el fierro.
Por lo menos lo que escribe porteño no es lo que dice la ley. Puedo equivocarme yo, pero me parece que no.

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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por criollo » Mié Nov 22, 2017 1:58 pm

Ulises escribió:
criollo escribió:
Ulises escribió:
criollo escribió:Yo prefiero dormir tranquilo..... Al que no le guste que no la compre. No voy a estar 45 días con el cul.... En la mano hasta que le salga la tenencia al comprador. Cada cual sabrá los riesgos que está dispuesto a correr.
Y si no le sale la tenencia ???? peor vas a estar en un super quilombo
Me parece que no entendiste lo que escribí, prefiero dormir tranquilo significa que entrego contra tenencia..
Te entendi y reafirme tu postura planteando una situacion todavia peor.
Entonces te pido disculpas, entendí mal yo (-Y)
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Foxg » Mié Nov 22, 2017 3:14 pm

Jajajajajaja, se despacharon de lo lindo aca, hay cada delirio que da miedo leer.

De todos los que lei q entregan el arma creo que el unico que zafa es el que dice de hacer "un prestamos entre LU", todos los demas estan al horno.

No tengo idea como sera lo del prestamo entre LU, pero supongo que se tiene q hacer ante escribano publico (osea gastar guita), sino obviamente un papel firmado no vale de nada...

Los ejemplos q pusieron son claros, vos le vendes una 45 norinco a josesito, hacen los papeles en el anmac y se la das.... En el camino josesito pierde la mochila con la norinco y la encuentra un brayan que va de fierro a robar una panaderia (despues de cortarse los dedos tirando de la corredera). .. El brayan mata al panadero y 3 clientes pero cuando esta saliendo se resvala y queda inconciente, despyes de 45 minutos queda detenido ( gracias a q se tropeso, sino ni en pedo).

La poli ve el fierro con los numeros de serie y la busca, ahi salta el propietario y lo van a buscar... Por que??? Por que o sos culpable o sos un hijo de pu~#!@ q le vende fierros a los rochos....

Vos le mostras los papeles de transf y lo van a buscar a josesito y adentro tambien. Los 2 por giles....

El cana te mira y te dice: vos sos pelo#!@??? Que parte de que tenes q esperar la tenencia no entendiste???

Ahora a declarar ante un juez, ponerte boga, preso un par de dias mientras averiguan.... Todo por una pistola de 9 lucas...


No se muchachos, fijense.... Mi vieja tuvo q ir 3 veces a tribunales a declarar ante un juez por una boleta q fue a pagar al banco y justo con un billete trucho q le habian metido y no se habia dado cuenta....

La suerte a veces se acaba y a alguna le toca....


Saludos!


P.d.: no se enojen por el bocabulario, es para meterle mas emocion al relato ;)

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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por randall58 » Mié Nov 22, 2017 5:10 pm

Estimado Foxg.
Le respondo su duda a lo que manifesto.......... No tengo idea como sera lo del prestamo entre LU, pero supongo que se tiene q hacer ante escribano publico (osea gastar guita), sino obviamente un papel firmado no vale de nada...


El préstamo entre LU, esta autorizado. No necesita ningún papel de Escribano.
Lo que necesita para usar un arma de otro LU es:

- Que este vigente la Condición de Legitimo Usuario de quien le presta el arma.
-A quien se la prestó para su uso, debe tener también obviamente Credencial de LU vigente y acorde al arma que va a usar en préstamo (Civil o Condicional)
-Llevar su documento, CLU y la Credencial del arma prestada.

Eso es lo que le pide y exige la Ley para transportar y usar un arma prestada/propia

Saludos.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Escalibur » Mié Nov 22, 2017 5:51 pm

Yo encuentro un total paralelismo entre este post y el q trataba sobre el uso del 22 lr para defensa. Quieren jugársela y hacer las cosas a su modo ? Háganlo,pero no discutan lo indiscutible. Entregar un arma antes de q el ANMAC haya expedido la nueva tenencia es una lotería. La ley es bien clara. No confundan a la gente sin experiencia en el tema. Slds
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Foxg » Mié Nov 22, 2017 5:52 pm

Randall muchas gracias por la info!!!

Sinceramente desconocia que era solamente dar los papeles del arma en cuestion, crei q se debia dejar algun tipo de constancia, algo un poco mas serio....

Parece entonces q siempre podrias alegar "prestamo" y no habria problema alguno, terrible hueco en la reglamentacion pero no me extraña.

Saludos!!!!

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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Escalibur » Mié Nov 22, 2017 7:17 pm

Foxg escribió:Randall muchas gracias por la info!!!

Sinceramente desconocia que era solamente dar los papeles del arma en cuestion, crei q se debia dejar algun tipo de constancia, algo un poco mas serio....

Parece entonces q siempre podrias alegar "prestamo" y no habria problema alguno, terrible hueco en la reglamentacion pero no me extraña.

Saludos!!!!

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A ver. Un LU está facultado para prestarle su arma a otro LU. Hasta aquí,todo bien.
Ahora, si el q recibe el arma en préstamo tiene algún accidente por el cual sufra heridas una 3ra persona,los responsables civiles son AMBOS. Y ni te cuento si el herido muere. Así q tambien es jugar con fuego. Slds
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por randall58 » Mié Nov 22, 2017 8:12 pm

Escalibur escribió:
Foxg escribió:Randall muchas gracias por la info!!!

Sinceramente desconocia que era solamente dar los papeles del arma en cuestion, crei q se debia dejar algun tipo de constancia, algo un poco mas serio....

Parece entonces q siempre podrias alegar "prestamo" y no habria problema alguno, terrible hueco en la reglamentacion pero no me extraña.

Saludos!!!!

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A ver. Un LU está facultado para prestarle su arma a otro LU. Hasta aquí,todo bien.
Ahora, si el q recibe el arma en préstamo tiene algún accidente por el cual sufra heridas una 3ra persona,los responsables civiles son AMBOS. Y ni te cuento si el herido muere. Así q tambien es jugar con fuego. Slds
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Estimado. Eso en ningún momento yo cuestione o contradije ( ese aspecto).
Se perfectamente que riesgos se asumen Civilmente (No penalmente).
Eso nunca lo discutí, ni lo expresé en sentido contrario en ningún comentario del post.
Si lee bien al principio lo aclare.

Lo que le conteste al forista Foxg es lo que leyo. Que necesita para usar un arma en préstamo.
Nada tiene que ver esa respuesta, con las Responsabilidades Civiles y/o Penales y con respecto a si esta dentro o fuera de la reglamentación entregar el arma.
Sobre ello ya me expresé y a esta altura, estoy aburrido de leerme.

Entregar un arma a un tercero, ya sea por venta o prestándola, obviamente tiene sus riesgos, aún dentro de las facultades que admite la Ley como titular tenedor o usuario de una de un tercero.. (-Y)
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por minuteman » Mié Nov 22, 2017 9:14 pm

Durbas escribió:
minuteman escribió:La realidad es que desde que se puso de moda entregar al meter el tramite,el que se niega tiene menos probabilidades de vender que el lo hace,yo doy lo que pido,quiero el arma al pagarla porque no se si el dueño se puede morir y despues alguien hace desaparecer el fierro y anda a recuperar la plata,por eso tambien me la aguanto y entrego el arma,sino ponele WD40 porque se te va a oxidar hasta que la vendas
No podes estar mas equivocado. Esto nunca se puso de moda y se venden en tiempos normales. Para vender armas lo unico que importa es que el precio sea razonable. Esto asume que tenes transacciones visibles y buena reputacion como vendedor. Si tenes cero transacciones el problema es otro.
El que esta muy equivocado sos vos,hablas como si solo se vendiera a traves de los Shop,fijate las consultas y siempre son "ebtregas al meter el tramite?",si queres ser politicamente correcto es una cosa,pero la realidad es otra,tuve una mala experiencia con alguien de aca que por miedo complico tanto la transaccion,que decidi que si compro usado es por armeria o tome y daca,me arriesgo pero tambien me evito muchas amarguras.
los hombres prefieren pagar un perjuicio a un beneficio,porque la gratitud es una carga,y la vengaza,un placer.Tacito.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por OCTAVIO7 » Mié Nov 22, 2017 10:12 pm

Lo bueno de este post, es que real y legalmente uno puede hacer con el arma al venderla lo que sienta, si tenés determinada formación para un lado o para otro...podes avisar que no entregas el arma en el momento de la venta o podes hacer todo lo contrario...es experiencia de vida, confianza, sentido común o lo que quieran. Los dos argumentos don válidos y cualquiera puede meter al otro en ANGEL o DEMONIO de acuerdo a su desición...LA LEY ADMITE LAS DOS COSAS...suerte en el lado que elijan
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Foxg » Mié Nov 22, 2017 10:20 pm

La verdad que para quedarse tranquilo y cumplir con la ley tenes q entregar el arma una vez q sale la tenencia... Creo que eso quedo re contra claro. (al menos asi me quedo a mi)

Despues estan todos los "peros" " avivadas" "huecos reglamentarios" o demas cosas que uno puede llegar a ser en este pais, asi como hay gente q compra/vende autos de palabra sin pasar x un registro en su vida.... Los ejemplos de transgresiones son infinitos.

Eso si, despues cuando ajustan un poquito la tuerca salen todos a llorar (esto es en todo ambito). Mira si se le ocurre a la anmac que el fierro tienen q quedar en custodia de ellos hasta que salga la tenencia???? Ahi se acaba el dilema, ajajajaja.


Se puso interesante a pesar de las discuciones.

Saludos!

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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por OCTAVIO7 » Mié Nov 22, 2017 10:25 pm

Te aclaro que para mí...legalizar el préstamo de un arma a otra persona ES UNA LOCURA LEGAL , si el sistema admite estás locuras, admite el uso y abuso de los préstamos como alternativa de entrega...
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Mazinger » Mié Nov 22, 2017 10:38 pm

minuteman escribió:
Durbas escribió:
minuteman escribió:La realidad es que desde que se puso de moda entregar al meter el tramite,el que se niega tiene menos probabilidades de vender que el lo hace,yo doy lo que pido,quiero el arma al pagarla porque no se si el dueño se puede morir y despues alguien hace desaparecer el fierro y anda a recuperar la plata,por eso tambien me la aguanto y entrego el arma,sino ponele WD40 porque se te va a oxidar hasta que la vendas
No podes estar mas equivocado. Esto nunca se puso de moda y se venden en tiempos normales. Para vender armas lo unico que importa es que el precio sea razonable. Esto asume que tenes transacciones visibles y buena reputacion como vendedor. Si tenes cero transacciones el problema es otro.
El que esta muy equivocado sos vos,hablas como si solo se vendiera a traves de los Shop,fijate las consultas y siempre son "ebtregas al meter el tramite?",si queres ser politicamente correcto es una cosa,pero la realidad es otra,tuve una mala experiencia con alguien de aca que por miedo complico tanto la transaccion,que decidi que si compro usado es por armeria o tome y daca,me arriesgo pero tambien me evito muchas amarguras.
Una cosa es ser políticamente correcto y otra totalmente bol~#!@. Si vos querés entregar el arma al momento de iniciar el trámite, estás en todo tu derecho, pero no es lo correcto y te podés comer el garrón de tu vida. A un amigo mío que vendió un revolver en el 2003 le llegó una citación a su casa para que se presentara en los tribunales de Buenos Aires, porque su arma, entregada al momento de iniciar el trámite, fue encontrada en un auto de un tipo, si la documentación correspondiente. Verificaron en el renar y apareció el nombe de mi amigo. Resumiendo, fue la policía a la casa con una citación, tuvo que viajar a Buenos Aires. Estuvo 3 horas declarando y pudo safar. Pero si esa arma la hubieran usado para un crimen o robo, se las hubiera visto bastante negras.
Ojo con lo que recomiendan porque pueden hacer clavar a muchas personas.
Si vendés, entregala cuando salga la tenencia. De lo contrario atenete a las consecuencias. Que nunca te haya salido mal, no quiere decir que no pueda pasar.

Otro tema, ni en pedo vendo un arma sin verle la cara al tipo. El trámite lo hago personalmente, nunca por correo o a distancia. El full aventura shop, no me piace.
Insisto, no vale la pena correr riesgos por 10 20 o 30 lucas.
Prefiero ponerle alguna vaselina protectoca(nunca WD40 porque no sirve para preservar armas) a comerme un garrón.
Te pido que si aconsejás, tanto en trámites del renar, como el lubricantes protectores de armas, te informes un poco más. Es de muy mala leche dar información errónea. Lo del lubricante puede pasar, pero lo otro no.
Saludos!

Saludos!!
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por minuteman » Mié Nov 22, 2017 10:45 pm

jcbartolomeo escribió:
minuteman escribió:
Durbas escribió:
minuteman escribió:La realidad es que desde que se puso de moda entregar al meter el tramite,el que se niega tiene menos probabilidades de vender que el lo hace,yo doy lo que pido,quiero el arma al pagarla porque no se si el dueño se puede morir y despues alguien hace desaparecer el fierro y anda a recuperar la plata,por eso tambien me la aguanto y entrego el arma,sino ponele WD40 porque se te va a oxidar hasta que la vendas
No podes estar mas equivocado. Esto nunca se puso de moda y se venden en tiempos normales. Para vender armas lo unico que importa es que el precio sea razonable. Esto asume que tenes transacciones visibles y buena reputacion como vendedor. Si tenes cero transacciones el problema es otro.
El que esta muy equivocado sos vos,hablas como si solo se vendiera a traves de los Shop,fijate las consultas y siempre son "ebtregas al meter el tramite?",si queres ser politicamente correcto es una cosa,pero la realidad es otra,tuve una mala experiencia con alguien de aca que por miedo complico tanto la transaccion,que decidi que si compro usado es por armeria o tome y daca,me arriesgo pero tambien me evito muchas amarguras.
Una cosa es ser políticamente correcto y otra totalmente bol~#!@. Si vos querés entregar el arma al momento de iniciar el trámite, estás en todo tu derecho, pero no es lo correcto y te podés comer el garrón de tu vida. A un amigo mío que vendió un revolver en el 2003 le llegó una citación a su casa para que se presentara en los tribunales de Buenos Aires, porque su arma, entregada al momento de iniciar el trámite, fue encontrada en un auto de un tipo, si la documentación correspondiente. Verificaron en el renar y apareció el nombe de mi amigo. Resumiendo, fue la policía a la casa con una citación, tuvo que viajar a Buenos Aires. Estuvo 3 horas declarando y pudo safar. Pero si esa arma la hubieran usado para un crimen o robo, se las hubiera visto bastante negras.
Ojo con lo que recomiendan porque pueden hacer clavar a muchas personas.
Si vendés, entregala cuando salga la tenencia. De lo contrario atenete a las consecuencias. Que nunca te haya salido mal, no quiere decir que no pueda pasar.

Otro tema, ni en pedo vendo un arma sin verle la cara al tipo. El trámite lo hago personalmente, nunca por correo o a distancia. El full aventura shop, no me piace.
Insisto, no vale la pena correr riesgos por 10 20 o 30 lucas.
Prefiero ponerle alguna vaselina protectoca(nunca WD40 porque no sirve para preservar armas) a comerme un garrón.
Te pido que si aconsejás, tanto en trámites del renar, como el lubricantes protectores de armas, te informes un poco más. Es de muy mala leche dar información errónea. Lo del lubricante puede pasar, pero lo otro no.
Saludos!

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El bol~#!@ me parece sos vos,cuando te pones ciego,las realidades son otra cosa,y yo no le aconsejo a nadie nada,pero hago lo que se me canta,tu historia me conmueve,pero es solo eso una historia,que puede ser verdad o no,pero solo te sieve a vos.
si preferis meterte las armas en el armero,hacelo y que cada cual siga su conciencia.
Los cagones tienen vidas largas y sanas,pero aburrridas,metete en un bunker y vas a estar seguro.fin del asunto,me aburre tu miedo.
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Re: VENTA DE ARMA

Mensaje por Christiansan » Mié Nov 22, 2017 11:27 pm

jcbartolomeo escribió:
minuteman escribió:
Durbas escribió:
minuteman escribió:La realidad es que desde que se puso de moda entregar al meter el tramite,el que se niega tiene menos probabilidades de vender que el lo hace,yo doy lo que pido,quiero el arma al pagarla porque no se si el dueño se puede morir y despues alguien hace desaparecer el fierro y anda a recuperar la plata,por eso tambien me la aguanto y entrego el arma,sino ponele WD40 porque se te va a oxidar hasta que la vendas
No podes estar mas equivocado. Esto nunca se puso de moda y se venden en tiempos normales. Para vender armas lo unico que importa es que el precio sea razonable. Esto asume que tenes transacciones visibles y buena reputacion como vendedor. Si tenes cero transacciones el problema es otro.
El que esta muy equivocado sos vos,hablas como si solo se vendiera a traves de los Shop,fijate las consultas y siempre son "ebtregas al meter el tramite?",si queres ser politicamente correcto es una cosa,pero la realidad es otra,tuve una mala experiencia con alguien de aca que por miedo complico tanto la transaccion,que decidi que si compro usado es por armeria o tome y daca,me arriesgo pero tambien me evito muchas amarguras.
Una cosa es ser políticamente correcto y otra totalmente bol~#!@. Si vos querés entregar el arma al momento de iniciar el trámite, estás en todo tu derecho, pero no es lo correcto y te podés comer el garrón de tu vida. A un amigo mío que vendió un revolver en el 2003 le llegó una citación a su casa para que se presentara en los tribunales de Buenos Aires, porque su arma, entregada al momento de iniciar el trámite, fue encontrada en un auto de un tipo, si la documentación correspondiente. Verificaron en el renar y apareció el nombe de mi amigo. Resumiendo, fue la policía a la casa con una citación, tuvo que viajar a Buenos Aires. Estuvo 3 horas declarando y pudo safar. Pero si esa arma la hubieran usado para un crimen o robo, se las hubiera visto bastante negras.
Ojo con lo que recomiendan porque pueden hacer clavar a muchas personas.
Si vendés, entregala cuando salga la tenencia. De lo contrario atenete a las consecuencias. Que nunca te haya salido mal, no quiere decir que no pueda pasar.

Otro tema, ni en pedo vendo un arma sin verle la cara al tipo. El trámite lo hago personalmente, nunca por correo o a distancia. El full aventura shop, no me piace.
Insisto, no vale la pena correr riesgos por 10 20 o 30 lucas.
Prefiero ponerle alguna vaselina protectoca(nunca WD40 porque no sirve para preservar armas) a comerme un garrón.
Te pido que si aconsejás, tanto en trámites del renar, como el lubricantes protectores de armas, te informes un poco más. Es de muy mala leche dar información errónea. Lo del lubricante puede pasar, pero lo otro no.
Saludos!

Saludos!!
Tenes todo el derecho de pensar como quieras, pero no subestimes ni insultes a los demás por pensar diferente. No creo que seas dueño de la verdad. En mi caso nunca compraría un arma si no me la entregan al meter la transferencia, ambas partes corren el mismo riesgo.
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