Delito de portacion de armas de guerra
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Delito de portacion de armas de guerra
Quisiera consultar por este medio a quien conozca del tema asociado a una publicacion de El Diario De La Pampa de hoy 21del mes 6 donde un despensero fue declarado absuelto por el STJ al haber matado a un delincuente que ingreso a su domicilio mientras dormia y habiénse levantado y utilizando un revolver parece ser .38 se defendio de un ataque con arma blanca , con la que fue herido,
Hasta ahi es mas o menos lo central , aunque dice que fue encontrado culpable de portación de arma de guerra , aclarandose que es legitimo usuario de uso civil condicional y con la documentacion en orden.El revolver lo tomó de un cajon, camino hasta el lugar de su casa donde estaba este malviviente que lo ataco y le disparo.Como entra el hecho de que es portador de un arma? Al limpiarla y llevarla de un cajon por ejemplo hasta otro ambiente de tu domicilio con la documentacion de legitimo usuario de uso civil condicional en orden eso es portación ilegitima?
Hasta ahi es mas o menos lo central , aunque dice que fue encontrado culpable de portación de arma de guerra , aclarandose que es legitimo usuario de uso civil condicional y con la documentacion en orden.El revolver lo tomó de un cajon, camino hasta el lugar de su casa donde estaba este malviviente que lo ataco y le disparo.Como entra el hecho de que es portador de un arma? Al limpiarla y llevarla de un cajon por ejemplo hasta otro ambiente de tu domicilio con la documentacion de legitimo usuario de uso civil condicional en orden eso es portación ilegitima?
- Marcos-45
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
No señor... Está mal carátula do y quizá por eso también salió más rápido todo. Porque no existe tal cosa como "portación ilegal domiciliaria" la portación se tipifica en lugares PÚBLICOS. dentro de tu casa no existe ya que es un lugar privado así que si querés podés andar con el fusil al hombro o el revolver arriba de la.mesa o en la mano que nadie te puede decir absolutamente nada... ESTAS EN TU CASA...
Ahí hay un grave error de concepto que se ve que puede haber ayudado a resolver más rápido el tema.
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- Oscar44
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Tal cual describió Marcos, eso pasó simplemente porque no tenia un peso para contratar a un boga medianamente coherente, eso nos pasa a los pobres.
- OCTAVIO7
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Debe ser TENENCIA DE ARMA DE GUERRA...VaskoR escribió:Quisiera consultar por este medio a quien conozca del tema asociado a una publicacion de El Diario De La Pampa de hoy 21del mes 6 donde un despensero fue declarado absuelto por el STJ al haber matado a un delincuente que ingreso a su domicilio mientras dormia y habiénse levantado y utilizando un revolver parece ser .38 se defendio de un ataque con arma blanca , con la que fue herido,
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- calupa
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Aparentemente aclaran que es legítimo usuario de armas de uso condicional. ¿No estará mal la información?
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Hay fiscales que no saben distinguir entre Tenencia de armas de uso civil condicional a Portacion de armas......
- calupa
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Pero según se lee este hombre fué juzgado. Si fué así hay abogado defensor, fiscal, juez, y si es tal cual se interpreta de lo leído , hubo apelación a la instancia superior también.
No pudieron haberla pifiado. Lo mas lógico es que la información esté pifiada.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Totalmente de acuerdo con lo que dice Marcos: definitivamente no hay "portacion" y, por ende, no existe ese delito.
Puede existir algún supuesto de "tenencia" ilegal pero no de "portación" o, al menos, los datos brindados no permiten afirmar eso.
slds
Puede existir algún supuesto de "tenencia" ilegal pero no de "portación" o, al menos, los datos brindados no permiten afirmar eso.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Hola Marcos, pregunta: por que dice que el error de concepto pudo haber ayudado a resolverlo mas rapido?Marcos-45 escribió:No señor... Está mal carátula do y quizá por eso también salió más rápido todo. Porque no existe tal cosa como "portación ilegal domiciliaria" la portación se tipifica en lugares PÚBLICOS. dentro de tu casa no existe ya que es un lugar privado así que si querés podés andar con el fusil al hombro o el revolver arriba de la.mesa o en la mano que nadie te puede decir absolutamente nada... ESTAS EN TU CASA...
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Emiliano
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
un disparate mas grande que un elefante
eso es LEGITIMA DEFENSA y todo lo que le quieran atribuir que no sea eso, esta totalmente equivocado.
lo que pasa que estos fiscales zaffaronistas ya no saben como hacer para joderle la vida a gente honesta
eso es LEGITIMA DEFENSA y todo lo que le quieran atribuir que no sea eso, esta totalmente equivocado.
lo que pasa que estos fiscales zaffaronistas ya no saben como hacer para joderle la vida a gente honesta
si le diéramos a elegir a las víctimas asesinadas por que cosa tener en sus manos 5 segundos antes de su muerte ...., ninguna elegiría un teléfono
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Para que se den una idea de la CACAjusticia Argentina : http://www.lacapital.com.ar/policiales/ ... 20387.html
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Hola muchachos,bastante ignorante el periodista que escribio la nota,calibre 31???,cartuchos servidos en el cañon???,no sera que este HDP,entro a afanar a la Sra.y descubierto empezo a los tiros,y claro,en la huida,la Sra.repelio la agresion,en momentos que el HDP,despues de tirar,salia corriendo,y por eso tiene un tiro en la espalda???,cuando se va a terminar,esto de que el que se defiende de un HDP,que se mete en su casa armado y con fines de robo,o mas,sea el CULPABLE,a ver si los fiscales y jueces,pelo#!@ de mie!#@,(aprenden)a (interpretar),la realidad que vive la gente,y en particular los Policias,que no quieren,"matar" a nadie,sino que se defienden legitimamente y por ende cumplen con su trabajo,somos como la gata flora,cuando hacen,porque hacen,y cuando no hacen,porque no hacen,¡¡¡OJO!!! Sres.jueces y fiscales,con sus interpretaciones,no vaya a ser que cuando les toque a Ustedes,se rasguen las vestidores,pidiendo JUSTICIA,perdon por lo extenso y cordiales saludos para todos.
- Marcos-45
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Porque al haber una incongruencia legal en la misma caratula o en la acusacion, cae por falta de meritos la causa...Emi_liano escribió:Hola Marcos, pregunta: por que dice que el error de concepto pudo haber ayudado a resolverlo mas rapido?Marcos-45 escribió:No señor... Está mal carátula do y quizá por eso también salió más rápido todo. Porque no existe tal cosa como "portación ilegal domiciliaria" la portación se tipifica en lugares PÚBLICOS. dentro de tu casa no existe ya que es un lugar privado así que si querés podés andar con el fusil al hombro o el revolver arriba de la.mesa o en la mano que nadie te puede decir absolutamente nada... ESTAS EN TU CASA...
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O sea, si te meten preso acusandote de manejar sin carnet pero ibas en bicicleta, automaticamente te largan y te piden disculpas porque es IMPROCEDENTE...
Lo mismo pasa en este caso
Lo mas loco del tema es lo increiblemente seguido que pasa que los CHORROS Y NARCOS quedan libres por falta de meritos porque los policias hacen mal los procedimientos o le pifian en un calibre de un arma...
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
habrá sido por tenencia ilegítima simplemente, por falta, adulteración o error en la cédula de identificación del arma...
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Estimados, el despensero vive frente al local, cruzando la calle. Ya acostado, escuchó ruidos, se levantó, llamó a la policía y fue hasta ahí con el revolver (recorrió unos 30 metros por la vía pública). La puerta de vidrio del local estaba rota y adentro había dos rateros que habían manoteado unos salamines y algunas botellas. El local estaba oscuro, uno de los rateros se abalanzó hacia donde estaba el despensero, quizá para manotear el arma o quizá para rajar por la puerta rota. Ahí se produce el disparo que impacta en el pecho del muchacho, el otro chorro se tiró al piso y fue detenido por la policía a los pocos minutos. El despensero tenía un corte en el brazo, producido por un vidrio, no se pudo establecer si se cortó cuando pasó por la puerta o el que murió lo cortó con un vidrio que agarró del piso. Los rateros no estaban armados ni representaban un peligro inmediato para la vida de Toffoni. De todas formas zafa por homicidio simple y le dan pena en suspenso por exceso en la legítima defensa, pero no zafa de la portación. Sería algo así como "podías esperar a la policía dentro de tu casa con el arma en la mano por si los chorros cruzaban o estaban armados".
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
A bueno, ahí si puede ser... pero el boluuu hubiese dicho que llevó el arma descargada y cargó una vez ingresado a su despensa... en ese caso podía haber safado de la portación ...
- calupa
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Entre tanto quilombito legal lo que se deduce es "sentate a esperar tranquilo a la cana y mirá como te afanan!."
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Lo único que se, es que cuando aparecen estas lacras te cagan la vida, una porque te afanan, dos porque estas muerto, tres porque algún familiar esta muerto, cuarto porque en tu defensa podes matar o herir a un inocente, quinto porque mataste a la lacra y tenes quilombo con la justicia, sexto estas preso por matar a la lacra, séptimo te tenes que mudar para que no tomen represalias.
No solo la justicia argentina es una mie!#@, yo me pregunto para que están los 329 Legisladores Nacionales (257 Diputados y 72 Senadores) y otros 138 en la Pcia Bs.As (92 Diputados y 46 Senadores) al peso porque no dictan una ley como la gente, estos últimos son como el alfajor de pollo no existen.
Pero llegado el caso prefiero YO estar vivo y dando yo explicaciones a un Juez corrupto y el Lacra muerto, y no que sea al revés.
Saludos
No solo la justicia argentina es una mie!#@, yo me pregunto para que están los 329 Legisladores Nacionales (257 Diputados y 72 Senadores) y otros 138 en la Pcia Bs.As (92 Diputados y 46 Senadores) al peso porque no dictan una ley como la gente, estos últimos son como el alfajor de pollo no existen.
Pero llegado el caso prefiero YO estar vivo y dando yo explicaciones a un Juez corrupto y el Lacra muerto, y no que sea al revés.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
De entrada debe negarse a declarar hasta tener una estrategia con un buen abogado, pero buehh acá los derechos humanos y la justicia están siempre a favor de los delincuentes, eso ya lo sabemos. Saludos
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
100 x 100 de acuerdo Arabe 357, no es novedad que los legítimos usuarios somos malos bichos por defendernos de robos y apretes. Delirios de los DERECHOS INHUMANOS, en un país con jueces y fiscales GENERALMENTE incapaces cuando no MAL INTENSIONADOS.
En Argentina, con este sistema judicial, si te quieren violar, tienes que pedir que te la pongan un poco más y después decirle gracias al delincuente.
En Argentina, con este sistema judicial, si te quieren violar, tienes que pedir que te la pongan un poco más y después decirle gracias al delincuente.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Es así Aprendiz, lamentablemente es la dura realidad. Saludosaprendiz de cuarta escribió:100 x 100 de acuerdo Arabe 357, no es novedad que los legítimos usuarios somos malos bichos por defendernos de robos y apretes. Delirios de los DERECHOS INHUMANOS, en un país con jueces y fiscales GENERALMENTE incapaces cuando no MAL INTENSIONADOS.
En Argentina, con este sistema judicial, si te quieren violar, tienes que pedir que te la pongan un poco más y después decirle gracias al delincuente.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Primero que nada hay que ver si leíste bien la nota, ya que de ser así hay una improcedencia de la ostia, cualquier estudiante de segundo año de derecho se da cuenta de esto y al ser una cuestión total y absolutamente atípica (dado que no existe el delito de portacion ilegitima de arma dentro de un bien propio, en su defecto estaríamos frente al delito de tenencia ilegitima de arma de fuego) es algo que no podría trascender nunca.
Respecto a lo que planteas del traslado dentro del domicilio, es totalmente legitimo moverte dentro de tu esfera de privacidad con total libertad, siempre claro esta sin menoscabar los derechos de terceros, pero con la documentación correspondiente no hay inconveniente alguno -en principio-.
El posible delito que yo logro captar es que para que se configure la denominada "Legitima defensa" deben mediar 3 requisitos básicos:
1- Existencia de un estado de necesidad.
2- No haber comenzado la agresión.
3- Racionalidad del medio empleado. es aquí donde me detengo y me pongo en los zapatos de un fiscal o juez garantista a fin de plantear, si me ataco con un cuchillo ¿era menester el uso de un revolver? ¿fue el sujeto activo a buscar al sujeto pasivo hasta otra habitación? por esto se cambiaría la caratula sustancialmente a homicidio calificado.
saludos.
Respecto a lo que planteas del traslado dentro del domicilio, es totalmente legitimo moverte dentro de tu esfera de privacidad con total libertad, siempre claro esta sin menoscabar los derechos de terceros, pero con la documentación correspondiente no hay inconveniente alguno -en principio-.
El posible delito que yo logro captar es que para que se configure la denominada "Legitima defensa" deben mediar 3 requisitos básicos:
1- Existencia de un estado de necesidad.
2- No haber comenzado la agresión.
3- Racionalidad del medio empleado. es aquí donde me detengo y me pongo en los zapatos de un fiscal o juez garantista a fin de plantear, si me ataco con un cuchillo ¿era menester el uso de un revolver? ¿fue el sujeto activo a buscar al sujeto pasivo hasta otra habitación? por esto se cambiaría la caratula sustancialmente a homicidio calificado.
saludos.
"God made all men, Samuel Colt made them equal"
- ROBERTO-TP-
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Ya se que suena indignante, pero en la realidad actual, esto es lo más barato que te sale...calupa escribió: Entre tanto quilombito legal lo que se deduce es "sentate a esperar tranquilo a la cana y mirá como te afanan!."
Saludos.
Que siempre abunde la munición cuando el mal aceche,
y Dios bendiga nuestras armas.
Amén.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Opino que si la información surge de la lectura de un diario, no es una fuente fiable por no tener los periodistas por lo general la mas mínima idea de la terminología técnica, y para ellos portación o tenencia o lo que sea es lo mismo, máxime cuando deben ponerse en el papel de moralistas y anti-armas por ser lo políticamente correcto de leer en sus pasquines. Confunden y unifican los conceptos y escriben y publican asi por que sí. Mas aún en diarios de ciudades chicas.
Saludos.
PD,: "armas de guerra"????? aun existe esa figura?? no son de "uso civil condicional??
Saludos.
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"Todos los nacionalismos se curan viajando".
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Re: RE: Re: Delito de portacion de armas de guerra
Ese punto 3 es imposible de determinar,o sea tenemos que tener un palo,una piedra,un cuchillo y una pistola,y preguntar;. Señor delincuente,con que arma me atacará para defenderme acorde? Esas leyes están atrasadas 40 años! Vamos,que sin son las tres de la mañana, uno medio dormido y posiblemente con poca luz va a poder determinar como lo atacaran? Esa mentalidad es lo mas ridiculo que he escuchado.y perdon,porque no quiero peliarme con nadie aca,pero me parece que al estar en este foro la gente tiene un poco mas de conocimiento con respecto a armas.por otro lado yo le tengo mas miedo a un cuchillo que a una pistola de cerca. No solo los cacos usualmente no saben lo que hacen,sino que tambien usan armas de mala calidad,que por suerte fallan seguido.por otro lado un cuchillazo que te den es peligrossisimo y mortal. Vamos gente,seamos realistas,si se les meten en la caza en medio de la noche tienen que usar el arma mas contundente que tengan! Que voy preso? Por ahy si! Pero vivo! Y no nos olvidemos mucbos de estos malvivientes andan drogados,capaz le das un palo en la cabeza y siguen avanzando.new escribió:Primero que nada hay que ver si leíste bien la nota, ya que de ser así hay una improcedencia de la ostia, cualquier estudiante de segundo año de derecho se da cuenta de esto y al ser una cuestión total y absolutamente atípica (dado que no existe el delito de portacion ilegitima de arma dentro de un bien propio, en su defecto estaríamos frente al delito de tenencia ilegitima de arma de fuego) es algo que no podría trascender nunca.
Respecto a lo que planteas del traslado dentro del domicilio, es totalmente legitimo moverte dentro de tu esfera de privacidad con total libertad, siempre claro esta sin menoscabar los derechos de terceros, pero con la documentación correspondiente no hay inconveniente alguno -en principio-.
El posible delito que yo logro captar es que para que se configure la denominada "Legitima defensa" deben mediar 3 requisitos básicos:
1- Existencia de un estado de necesidad.
2- No haber comenzado la agresión.
3- Racionalidad del medio empleado. es aquí donde me detengo y me pongo en los zapatos de un fiscal o juez garantista a fin de plantear, si me ataco con un cuchillo ¿era menester el uso de un revolver? ¿fue el sujeto activo a buscar al sujeto pasivo hasta otra habitación? por esto se cambiaría la caratula sustancialmente a homicidio calificado.
saludos.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
Siempre pero siempre dentro de una agresión armada, ya sea con arma de fuego o elementos que aumenten el poder ofensivo del agresor ( cuchillo- hierro - palo - etc) , es la apreciación del agredido lo que juega para la Ley, para dar un ejemplo bolu.. : yo sentí que si me pegaba en la cabeza con ese fierro ME MATABA... lógicamente NO es lo mismo UN TIRO para hacer terminar la agresión que pegarle 50 y correrlo hasta eliminarlo...todo es apreciación dentro de la Ley. Cómo cuando alguien te tira, algunos lo toman como abuso de arma de fuego y otros como intento de homicidio...la Ley Argentina es creada para interpretar y no para aplicar.
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
new escribió:Primero que nada hay que ver si leíste bien la nota, ya que de ser así hay una improcedencia de la ostia, cualquier estudiante de segundo año de derecho se da cuenta de esto y al ser una cuestión total y absolutamente atípica (dado que no existe el delito de portacion ilegitima de arma dentro de un bien propio, en su defecto estaríamos frente al delito de tenencia ilegitima de arma de fuego) es algo que no podría trascender nunca.
Respecto a lo que planteas del traslado dentro del domicilio, es totalmente legitimo moverte dentro de tu esfera de privacidad con total libertad, siempre claro esta sin menoscabar los derechos de terceros, pero con la documentación correspondiente no hay inconveniente alguno -en principio-.
El posible delito que yo logro captar es que para que se configure la denominada "Legitima defensa" deben mediar 3 requisitos básicos:
1- Existencia de un estado de necesidad.
2- No haber comenzado la agresión.
3- Racionalidad del medio empleado. es aquí donde me detengo y me pongo en los zapatos de un fiscal o juez garantista a fin de plantear, si me ataco con un cuchillo ¿era menester el uso de un revolver? ¿fue el sujeto activo a buscar al sujeto pasivo hasta otra habitación? por esto se cambiaría la caratula sustancialmente a homicidio calificado.
saludos.
Del punto 3) opino que ''racionalidad del medio empleado''
la ley se refiere a la Decision de emplear un medio para detener la agresion y no al medio utilizado en si siempre y cuando esta decision no se convierta en un 'contraataque vengativo'.
- Marcos-45
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Re: Delito de portacion de armas de guerra
EXACTO!!!! y ahi va lo de "racionalidad del medio empleado"...OCTAVIO7 escribió:Siempre pero siempre dentro de una agresión armada, ya sea con arma de fuego o elementos que aumenten el poder ofensivo del agresor ( cuchillo- hierro - palo - etc) , es la apreciación del agredido lo que juega para la Ley, para dar un ejemplo bolu.. : yo sentí que si me pegaba en la cabeza con ese fierro ME MATABA... lógicamente NO es lo mismo UN TIRO para hacer terminar la agresión que pegarle 50 y correrlo hasta eliminarlo...todo es apreciación dentro de la Ley. Cómo cuando alguien te tira, algunos lo toman como abuso de arma de fuego y otros como intento de homicidio...la Ley Argentina es creada para interpretar y no para aplicar.
Es racionalidad, no proporcionalidad, o sea, si te ataca con un cuchillo no deja de haber racionalidad si te defendes con una escopeta o cuaquier arma de fuego, esta demostradisimo que un cuchillo mata tanto o mas que un revolver...
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Re: RE: Re: Delito de portacion de armas de guerra
El punto mio es:. A las tres de la mañana les patean la puerta,y ustedes van a pensar en racionalidad y todo eso? Ummmm. Yo no,no porque sea rambo,todo lo contrario,si uno se mete sabiendo que hay gente adentro,vienen dispuestos a todo! Ustexes estan muy indoctrinados ,le tienen mas miedo a lo que diga el juez que a lo que haga el delincuente. Yo le tengo mas miedo al delincuente,que a diferencia del juez le importa un carajo mi vida. Despiertense jente,con esa mentalidad los malandras hacen lo que quieren!Marcos-45 escribió:EXACTO!!!! y ahi va lo de "racionalidad del medio empleado"...OCTAVIO7 escribió:Siempre pero siempre dentro de una agresión armada, ya sea con arma de fuego o elementos que aumenten el poder ofensivo del agresor ( cuchillo- hierro - palo - etc) , es la apreciación del agredido lo que juega para la Ley, para dar un ejemplo bolu.. : yo sentí que si me pegaba en la cabeza con ese fierro ME MATABA... lógicamente NO es lo mismo UN TIRO para hacer terminar la agresión que pegarle 50 y correrlo hasta eliminarlo...todo es apreciación dentro de la Ley. Cómo cuando alguien te tira, algunos lo toman como abuso de arma de fuego y otros como intento de homicidio...la Ley Argentina es creada para interpretar y no para aplicar.
Es racionalidad, no proporcionalidad, o sea, si te ataca con un cuchillo no deja de haber racionalidad si te defendes con una escopeta o cuaquier arma de fuego, esta demostradisimo que un cuchillo mata tanto o mas que un revolver...
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